Resolución núm. 3254 EXENTA, publicada el 05 de Marzo de 2020. APRUEBA NUEVO ARSENAL FARMACOLÓGICO BÁSICO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE SALUD DE LA RED DEPENDIENTE DEL SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO 2019-2020 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 840972356

Resolución núm. 3254 EXENTA, publicada el 05 de Marzo de 2020. APRUEBA NUEVO ARSENAL FARMACOLÓGICO BÁSICO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE SALUD DE LA RED DEPENDIENTE DEL SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO 2019-2020

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

APRUEBA NUEVO ARSENAL FARMACOLÓGICO BÁSICO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE SALUD DE LA RED DEPENDIENTE DEL SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO 2019-2020

Núm. 3.254 exenta.- Concepción, 9 de julio de 2019.

Vistos y teniendo presente:

Estos antecedentes: Lo dispuesto en Art. 43 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Art. 13 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 23.09.2005, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 11.07.1979, y Arts. 32 y 33 del decreto supremo Nº 136, de 08.09.2004, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; resolución exenta Nº 757, de 02.05.1997, del Sr. Ministro de Salud, que delega en Secretarios Regionales Ministeriales de Salud la facultad de aprobar mediante resolución exenta los Arsenales Farmacológicos Básicos para los Consultorios de Atención Primaria ubicados en el territorio de competencia de los Servicios de Salud situados en la respectiva región, resolución exenta Nº 950, de 29.12.2008, que aprueba NGT Nº 106 Implementación y Funcionamiento Centros de Salud Mental Comunitarios; resolución exenta Nº 840, de 17.11.2010, que aprueba Arsenal Farmacológico Básico de las Postas Rurales de Salud; resolución Nº 1.600, de 30.10.2008, del Sr. Contralor General de la República; y en aplicación de las atribuciones que me han sido conferidas en Art. 4º puntos 3. y 11. del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005 y Arts. 30, 32 y 43 del decreto supremo Nº 136/2004, ambos del Ministerio de Salud y precedentemente mencionados, decreto supremo Nº 93, de 14.12.2018, del Ministerio de Salud; y

Considerando:

La necesidad de actualizar la relación de productos farmacéuticos que deben estar disponibles para todas las atenciones de salud que se otorgan en los Servicios de Atención Primaria y Centros de Salud Mental Comunitarios Cesfam, Servicios de Urgencia y Postas ubicados dentro del ámbito geográfico asignado a la jurisdicción del Servicio de Salud Talcahuano, y lo propuesto por el Sr. Director de dicho Servicio...

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