Resolución núm. 316 EXENTA, publicada el 08 de Julio de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LAS COMUNAS DE PERALILLO Y COLTAUCO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 644726013

Resolución núm. 316 EXENTA, publicada el 08 de Julio de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LAS COMUNAS DE PERALILLO Y COLTAUCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LAS COMUNAS DE PERALILLO Y COLTAUCO

Núm. 316 exenta.- Rancagua, 16 de junio de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.059; artículos 96, 107 y 113 y del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290 de Tránsito; en el decreto 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en las resoluciones N° 39, de 1992, N° 59, de 1985, del citado Ministerio; en la resolución N° 1.600, de 2008, que fija Normas sobre Exención del Trámite de toma de Razón de la Contraloría General de la República; en la solicitud de la empresa constructora Ingel S.A., de fecha ingreso a esta Secretaría Regional Ministerial 9 de junio de 2016; la carta Gantt enviada mediante correo electrónico con fecha 15 de junio de 2016; y la demás normativa aplicable;

Considerando:

  1. Que, a través de solicitud de fecha 9 de junio de 2016, la empresa constructora Ingel S.A., solicita a esta Secretaría Regional Ministerial autorización para la interrupción total de tránsito en determinadas vías de las comunas de Peralillo y Coltauco, con motivo de la ejecución de la obra "Conservación y Reposición de Puentes Menores Red Vial Comunal, Varias Comunas, Provincia de Cachapoal y Colchagua, Región de O'Higgins", licitación 2262-7-LP15, del Ministerio de Obras Públicas.

  2. Que, junto con la solicitud, la empresa presentó Plan de Señalización y Seguridad Tránsito, el cual será exigido, con el objeto de mitigar los impactos que generará la ejecución de la obra; plan que se encuentra detallado en la presente resolución exenta y plano que se acompaña.

  3. Que, junto con lo anterior, se solicitó a la empresa modificar Carta Gantt presentada inicialmente, la cual fue enviada mediante correo electrónico con fecha 15 de junio de 2016.

  4. Que, el DFL N°1, de 2007 citado en vistos, señala en sus artículos N° 107 y N° 113 inciso primero, respectivamente, que:

    "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente."

    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de...

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