Resolución núm. 3141 EXENTA, publicada el 29 de Mayo de 2023. OBJETA EL INSTRUMENTO PORTAFOLIO CONFORME AL ARTÍCULO 36 DEL DECRETO N° 339, DE 2018, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
OBJETA EL INSTRUMENTO PORTAFOLIO CONFORME AL ARTÍCULO 36 DEL DECRETO N° 339, DE 2018, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN QUE INDICA
Núm. 3.141 exenta.- Santiago, 23 de mayo de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070, que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación, y de las leyes que la complementan y modifican; en la ley N° 21.506, que suspende las evaluaciones de los profesionales de la educación durante el año 2022 y modifica las normas que indica; en el decreto con fuerza de ley N° 24, de 2017, del Ministerio de Educación, que establece el Proceso de Inducción y Mentoría y el Sistema de Desarrollo Profesional Docente aplicable a los profesionales que cumplan funciones de dirección o pedagógica en los establecimientos de educación parvularia de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y regula otras materias a que se refiere el artículo cuadragésimo quinto transitorio de la ley N° 20.903; en el decreto N° 192, de 2004, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento sobre Evaluación Docente; en el decreto N° 339, de 2018, del Ministerio de Educación, que aprueba Reglamento sobre Sistema de Desarrollo Profesional Docente; en la resolución exenta N° 1.514, de 2023, de la Subsecretaría de Educación; en el Ord. N° 010/204, de 2022, de la jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y,
Considerando:
-
Que, la ley N° 20.903, creó un Sistema de Desarrollo Profesional Docente, en adelante, Sistema, aplicable a los profesionales de la educación que se desempeñan en los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, a aquellos que cumplen funciones en establecimientos regulados por el decreto ley N° 3.166, de 1980, y a los que ocupan cargos directivos y técnicos-pedagógicos en los Departamentos de Administración Educacional de cada municipalidad, o de las corporaciones educacionales creadas por éstas;
Asimismo, se aplica a los profesionales de la educación que desempeñen alguna de las funciones del artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, en adelante, Estatuto Docente, en establecimientos que impartan educación parvularia y que...
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