Resolución núm. 3084 EXENTA, publicada el 29 de Abril de 2021. DELEGACIÓN PARCIAL DE FACULTADES EN LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FÍSICOS Y FINANCIEROS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD MAGALLANES - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 866129981

Resolución núm. 3084 EXENTA, publicada el 29 de Abril de 2021. DELEGACIÓN PARCIAL DE FACULTADES EN LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FÍSICOS Y FINANCIEROS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD MAGALLANES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DELEGACIÓN PARCIAL DE FACULTADES EN LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FÍSICOS Y FINANCIEROS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD MAGALLANES

Núm. 3.084 exenta.- Punta Arenas, 9 de abril de 2021.

Vistos:

Las facultades contenidas en el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/79 y las leyes Nº18.933 y Nº 18.469; decreto supremo Nº 140/2004 que aprueba el "Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud"; el decreto con fuerza de ley Nº 29/2005 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado; la resolución Nº 7 y 8, ambas de 2019, de Contraloría General de la República; la ley 20.730 regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios y su reglamento Dto. 71/28.08.2014 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; ley 19.886 y su reglamento; el DS 250/2004 del Ministerio de Hacienda; y en uso de las facultades que me confiere el decreto exento Nº 16/27.05.2019 del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:

Considerando:

  1. Que, el Servicio de Salud Magallanes como organismo perteneciente a la Administración del Estado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1º del DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, se encuentra afecto al cumplimiento de lo establecido en la ley 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, así como lo dispuesto en su reglamento el Dto. 71/28.08.2014 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, cuerpos normativos que regulan la publicidad en la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, ello con la finalidad de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado;

  2. Que, el artículo 23 letra b) del DFL Nº 1/2005...

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