Resolución núm. 30 EXENTA, publicada el 26 de Enero de 2019. DELEGA FACULTAD PARA SUSCRIBIR CONVENIOS EDUCACIONALES CON ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EN EL DIRECTOR DE EDUCACIÓN, DOCTRINA E HISTORIA, DE CARABINEROS DE CHILE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD PARA SUSCRIBIR CONVENIOS EDUCACIONALES CON ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EN EL DIRECTOR DE EDUCACIÓN, DOCTRINA E HISTORIA, DE CARABINEROS DE CHILE
Núm. 30 exenta.- Santiago, 16 de enero de 2019.
Vistos:
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El artículo 51, de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, que establece las facultades conferidas al General Director para la dirección y administración de la Institución;
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El artículo 52, letra j), de la Ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, que autoriza al General Director para delegar, mediante resolución, parte de sus atribuciones meramente administrativas u obligaciones o deberes de carácter protocolar, en otras autoridades institucionales, incluyendo la facultad de firmar en determinados actos sobre materias específicas;
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Los artículos 3º, 7º y 48 de la Ley Nº 19.880, que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado";
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El artículo 6º, letra i), de la Directiva de Organización y Funcionamiento, de la Dirección de Educación, Doctrina e Historia, aprobada por la Orden General Nº 1.971, de fecha 10.12.2010, publicada en el B/O Nº 4357;
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La Orden General Nº 2.113, de fecha 29.08.2012, publicada en el B/O Nº 4459, que aprobó la Directiva para la suscripción y administración de Convenios Educacionales de Carabineros de Chile;
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La resolución exenta Nº 48, de fecha 05.01.2018, de la Dirección General, publicada en el B/O Nº 4745, que delegó la facultad de firmar convenios educacionales con establecimientos de Educación Superior en el Director de Educación, Doctrina e Historia, y que expiró el 31 de diciembre del año 2018;
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La necesidad de delegar las atribuciones legales que tiene el General Director de Carabineros de Chile en el Director de la Dirección de Educación, Doctrina e Historia para firmar convenios educacionales con establecimientos de Educación Superior; y
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Lo establecido en la resolución Nº 1.600, de fecha 30.10.2008, y su similar Nº 10, de fecha 27.02.2017, ambas de la Contraloría de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Se resuelve:
1) Delégase en el Director de Educación, Doctrina e Historia la facultad de firmar, en representación del General Director de Carabineros de Chile, convenios educacionales de interés para el personal de Carabineros de Chile y su grupo familiar, en servicio activo o en situación de retiro, con establecimientos de...
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