Resolución núm. 2997, publicada el 03 de Febrero de 2015. DELEGA FACULTADES QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 555250910

Resolución núm. 2997, publicada el 03 de Febrero de 2015. DELEGA FACULTADES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTADES QUE INDICA

Núm. 2.997.- Santiago, 8 de octubre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5 y 43 de la ley Nº 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, la letra a), del artículo 55 de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DFL Nº 1 de Hacienda del año 1994 Orgánico del Servicio de Tesorerías; la resolución de Tesorerías Nº 1.287 de 1998, de Organización Interna del Servicio, complementada por la resolución exenta Nº 1.007 de fecha 27 de marzo de 2013; el decreto Nº 450, de 2014, que nombra transitoria y provisoriamente a don Hernán Frigolett Córdova, Tesorero General de la República; la resolución Nº 227, de 2000, sobre delegación de funciones; la resolución Nº 409 de 24 de diciembre de 2013 sobre delegación de la facultad de conocer y resolver la declaración de incobrabilidad y lo dispuesto por la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. La necesidad de entregar a las Tesorerías Regionales y Provinciales del país una mayor autonomía en la gestión de sus procesos de cobro, gestión de recursos y cartera de cobro, confiar atribuciones menores del Jefe de Servicio a los Tesoreros Regionales y propender a una más efectiva descentralización de funciones del Servicio en la administración de los recursos humanos y materiales.

  2. Que la señalada necesidad debe ser atendida en concordancia con la función recaudadora del Servicio de Tesorerías y el debido resguardo del interés fiscal, dicto la siguiente:

    Resolución:

  3. Delégase en los Directores Regionales Tesoreros la facultad de declarar la incobrabilidad de los impuestos y contribuciones morosas, de conformidad con las normas de los artículos 196 y 197 del Código Tributario, para todos aquellos contribuyentes de cada una de sus jurisdicciones que registren una deuda neta consolidada igual o inferior a $10.000.000.

  4. Los Directores Regionales Tesoreros ejercerán la facultad delegada en el Nº 1 anterior, en los mismos términos y dando cumplimiento a los requisitos y formalidades establecidas para el desempeño de esta función por el Tesorero General.

  5. Déjase sin efecto la resolución Nº409 de 24 de diciembre de 2013

  6. Téngase por complementada en los términos indicados, la...

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