Resolucion núm. 2992 EXENTA, el 19 de Noviembre de 2005. FIJA VALOR POR SERVICIOS DE CONSULTA ELECTRONICA SOBRE INFORMACION CONTENIDA EN EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PARA FINES ESPECIALES - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917920814

Resolucion núm. 2992 EXENTA, el 19 de Noviembre de 2005. FIJA VALOR POR SERVICIOS DE CONSULTA ELECTRONICA SOBRE INFORMACION CONTENIDA EN EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PARA FINES ESPECIALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

FIJA VALOR POR SERVICIOS DE CONSULTA ELECTRONICA SOBRE INFORMACION CONTENIDA EN EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PARA FINES ESPECIALES

Núm. 2.992 exenta.- Santiago, 14 de noviembre de 2005.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 7 letra i) de la ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, decreto ley Nº 645 de 1925, sobre Registro General de Condenas; lo dispuesto en el art. 12 letra f) del DFL Nº 29, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo y la resolución Nº 520, de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones.

Considerando:

  1. El proceso de modernización de los servicios que otorga el Estado, y teniendo presente que se ha podido constatar la necesidad de proporcionar a los usuarios en forma ágil, servicios de información en forma electrónica en materias relativas al Registro General de Condenas.

  2. Que el Servicio de Registro Civil e Identificación cuenta con el equipamiento e infraestructura computacional necesaria para otorgar el servicio de "Consulta electrónica sobre información contenida en el certificado de antecedentes para fines especiales".

  3. Que en virtud de la suscripción del respectivo Convenio, los órganos de la Administración del Estado podrán realizar electrónicamente la consulta antes señalada, previa autorización por parte del titular, sin que ello implique la emisión del respectivo certificado.

  4. Que de acuerdo al artículo letra i) de la ley Nº 19.477, se faculta a este Servicio para cobrar por dichas prestaciones los valores que se establezcan por resolución del Servicio.

  5. Que los valores a cobrar están basados en un análisis de los costos operativos en que incurre este Servicio para procesar y entregar la información correspondiente a los servicios desarrollados,

    Resolución:

  6. Fíjase el valor por la entrega de información sobre el certificado de antecedentes, denominada "Consulta electrónica sobre información contenida en el certificado de antecedentes para fines especiales", que se efectúa a través de medios electrónicos, ajustándose a la modalidad siguiente:

    Para describir el algoritmo que determina el precio del servicio, se usarán las siguientes convenciones:

    N: Número de registro consultado

    Dm: Porcentaje de descuento a aplicar en rango m, donde m pertenece al rango [1-10]

    Pa-b: Precio a cobrar expresado en UF, para consulta incluida en rango [a-b]

    P1: Precio unitario hasta 10.000 consultas...

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