Resolución núm. 2779 EXENTA, publicada el 17 de Mayo de 2021. ESTIMACIÓN DE RECURSOS A TRANSFERIR DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021, A LAS UNIVERSIDADES QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDAS EN EL ARTÍCULO 1º DEL D.F.L. Nº 4, DE 1981, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE PARTICIPEN DEL FINANCIAMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GRATUIDAD DE UNIVERSIDADES Y SEÑALA PORCENTAJE DE RECURSOS A ENTREGAR, EN VIRTUD DE LA GLOSA 12 DEL PROGRAMA 09.90.03 DE LA LEY 21.289 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2021, EN EL MARCO DE LA ASIGNACIÓN APORTE PARA FOMENTO DE INVESTIGACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 867173978

Resolución núm. 2779 EXENTA, publicada el 17 de Mayo de 2021. ESTIMACIÓN DE RECURSOS A TRANSFERIR DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021, A LAS UNIVERSIDADES QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDAS EN EL ARTÍCULO 1º DEL D.F.L. Nº 4, DE 1981, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE PARTICIPEN DEL FINANCIAMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GRATUIDAD DE UNIVERSIDADES Y SEÑALA PORCENTAJE DE RECURSOS A ENTREGAR, EN VIRTUD DE LA GLOSA 12 DEL PROGRAMA 09.90.03 DE LA LEY 21.289 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2021, EN EL MARCO DE LA ASIGNACIÓN APORTE PARA FOMENTO DE INVESTIGACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

ESTIMACIÓN DE RECURSOS A TRANSFERIR DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021, A LAS UNIVERSIDADES QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDAS EN EL ARTÍCULO 1º DEL D.F.L. Nº 4, DE 1981, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE PARTICIPEN DEL FINANCIAMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GRATUIDAD DE UNIVERSIDADES Y SEÑALA PORCENTAJE DE RECURSOS A ENTREGAR, EN VIRTUD DE LA GLOSA 12 DEL PROGRAMA 09.90.03 DE LA LEY 21.289 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2021, EN EL MARCO DE LA ASIGNACIÓN APORTE PARA FOMENTO DE INVESTIGACIÓN

Núm. 2.779 exenta.- Santiago, 11 de mayo de 2021.

Considerando:

Que, la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021, en su Partida 09, Capítulo 90, Programa 03, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 853, glosa 12, consigna recursos para la asignación denominada Aporte para Fomento de Investigación.

Que, la glosa 12 del Programa 03, antes mencionado, señala que estos recursos se asignarán a las universidades que no se encuentren incluidas en el artículo 1º del DFL Nº 4, de 1981, Ministerio de Educación, que participen del Financiamiento Institucional para la Gratuidad de Universidades, establecido en la asignación 24.03.198, de la Ley de Presupuestos antes citada. Asimismo, indica que estos recursos serán asignados según los términos establecidos en la resolución Nº 67, de 2016, del Ministerio de Educación, y sus modificaciones.

Que, asimismo, la glosa 12 ya citada, señala en su inciso segundo que, sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Educación podrá estimar el monto de recursos que corresponda a cada institución por este concepto, pudiendo entregar hasta un 40% de ellos en el primer semestre del año 2021.

Que, de conformidad a lo precedentemente expuesto, se distribuirá, entre las instituciones de educación superior que cumplan los requisitos establecidos por la glosa presupuestaria ya citada, un 30% (treinta por ciento) del total de los recursos disponibles de la asignación denominada "Aporte para Fomento de Investigación", cuyos montos se estimarán, para cada universidad, aplicando el reglamento actualmente vigente que regula la asignación referida en el primer considerando, por lo que procede la dictación del presente acto administrativo, y

Visto:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación, y su modificación; en la Ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; en la Ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto...

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