Resolución núm. 276 EXENTA, publicada el 30 de Mayo de 2019. ESTABLECE PROCEDIMIENTO QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 787561965

Resolución núm. 276 EXENTA, publicada el 30 de Mayo de 2019. ESTABLECE PROCEDIMIENTO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE PROCEDIMIENTO QUE INDICA

Núm. 276 exenta.- Iquique, 22 de mayo de 2019.

Vistos:

Los artículos 136º y siguientes del Título VIII, sobre Subasta de Mercancías Abandonadas, Incautadas o Decomisadas, de la Ordenanza de Aduanas.

El Capítulo VI del Compendio de Normas Aduaneras, contenido en la resolución exenta Nº 1.300/14.03.2006 del Director Nacional de Aduanas.

La resolución exenta Nº 854, de fecha 27.02.2018, del Director Nacional de Aduanas, que aprueba el nuevo Manual de Procedimientos para Subastas Aduaneras.

La resolución exenta Nº 5.517, de fecha 13.12.2018, del Director Nacional de Aduanas, que fija el programa de Subastas Aduaneras.

Considerando:

Que, el día 02.06.2019 se subastarán, en la ciudad de Iquique, los siguientes vehículos, a saber:

Que, el acápite Nº 3.4.3.6, Capítulo II, del Manual de Procedimientos para Subastas Aduaneras, fija dentro de las Tareas Previas a la Subasta, el deber de la Aduana gestora, de señalar, respecto de vehículos automóviles, todos los antecedentes requeridos por el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, sin excepción, obteniendo para estos efectos el "Certificado de Anotaciones Vigentes" que permita tomar conocimiento de posibles impedimentos, asumiendo el costo del documento, así como los permisos de circulación adeudados o multas necesarias de pagar para su total saneamiento, con cargo a los gastos de la subasta. Asimismo, se incluye el deber de señalar las posibles restricciones de circulación a que estará afecto el vehículo una vez adjudicado, conforme lo establecido en el numeral 10º de las Generalidades del Manual de Procedimientos para Subastas Aduaneras.

Que, sin perjuicio de lo ordenado en el Manual, la Dirección Regional de Aduanas de Iquique debe adoptar las medidas necesarias, tendientes a una buena planificación y ejecución de las tareas que implica el desarrollo del Programa de Subastas 2019, cautelando en todo momento el interés fiscal.

Que, en este orden de cosas, la Aduana de Iquique no cuenta, por el momento, con los recursos humanos ni económicos, para poder dar cumplimiento a dichas exigencias, ya que carece de personal disponible y con competencias técnicas suficientes, para efectuar las labores de saneamiento de los vehículos, debiendo primar la continuidad de la función pública ante todo evento por sobre la responsabilidad de saneamiento.

Que, el estado de los vehículos es incierto y la Aduana de Iquique no dispone de un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR