Resolución núm. 2748 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2019. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE DE CARGA DE 2 O MÁS EJES POR RUTA 68 EN DÍAS Y HORARIOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE TRANSPORTE DE CARGA DE 2 O MÁS EJES POR RUTA 68 EN DÍAS Y HORARIOS QUE INDICA
Núm. 2.748 exenta.- Valparaíso, 6 de septiembre de 2019.
Visto:
La ley N°18.059; los artículos N° 107, 112 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290, de Tránsito; las resoluciones N°s 39, de 1992, y 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el Ord. N° 1965, de fecha 5 de septiembre de 2019, del Subsecretario de Obras Públicas; la resolución N° 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.
Considerando:
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Que, mediante Ord. N° 1965, citado en Visto, el Subsecretario de Obras Públicas, indica que con motivo del próximo fin de semana largo, correspondiente a "Fiestas Patrias", el Ministerio de Obras Públicas, en conjunto con Carabineros de Chile, Sociedades Concesionarias y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, han dispuesto diversas medidas de gestión para disminuir la congestión vehicular en los horarios de mayor demanda en las rutas que indica, por lo que solicita autorización para restringir la circulación de vehículos de carga de dos ejes y más de dos ejes en tramo de Ruta 68, los días 18 y 19 de septiembre de 2019, en los términos que indica.
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Que, debido a ello es que se hace necesario adoptar medidas de gestión tendientes a mitigar los efectos que el aumento de vehículos puede producir en la Ruta N° 68, los que afectan no solo la libre y adecuada circulación de las personas, sino que también implican un riesgo para los automovilistas.
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Que, por lo expuesto, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL N° 1, de 2007, citado en el Visto, para disponer las medidas que se establecen en el resuelvo del presente acto administrativo.
Resuelvo:
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Prohíbase la...
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