Resolución núm. 2658 EXENTA, publicada el 18 de Octubre de 2021. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE COMERCIALIZACIÓN, TRANSPORTE, USO Y MANIPULACIÓN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS REMANENTES DE PROCESOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE COMERCIALIZACIÓN, TRANSPORTE, USO Y MANIPULACIÓN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS REMANENTES DE PROCESOS
Núm. 2.658 exenta.- Santiago, 5 de octubre de 2021.
Vistos:
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Lo dispuesto en el artículo 103 de la Constitución Política de la República de Chile.
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Lo establecido en el DFL.1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Lo señalado en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Lo dispuesto en la ley Nº 17.798, sobre "Control de Armas" y su Reglamento Complementario, contenido en el decreto supremo Nº 83 de 2008, de Ministerio de Defensa Nacional.
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La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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El oficio IDIC BPCH SCC (P) Nº 13825/260 de fecha 06 de septiembre de 2021.
Considerando:
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Que, esta Dirección General de Movilización Nacional, ha tomado conocimiento de la comercialización, transporte, uso, y manipulación de sustancias peligrosas remanentes de procesos, particularmente del producto denominado "Barrido de Nitrato de Amonio".
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Que dichas sustancias se definen como "producto remanente de los procesos como consecuencia de roturas de sacos, incumplimiento de especificaciones y otros, el cual se encuentra normalmente contaminado, convirtiéndose en una sustancia muy peligrosa de la Clase 1 "Explosivos", cuando la contaminación ocurre con sustancias orgánicas o combustibles".
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Que existe la necesidad de impartir instrucciones respecto a la comercialización de esta clase de sustancias.
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Las facultades conferidas a este Director General de Movilización Nacional en el artículo 10 letra f) del Reglamento Complementario de la ley Nº 17.798 sobre "Control de Armas".
Resuelvo:
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Las Autoridades Fiscalizadoras para autorizar la comercialización, transporte, uso y manipulación de sustancias peligrosas...
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