Resolución núm. 26, publicada el 11 de Enero de 2017. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Núm. 26 D.G.S.A. Ordinario N° 4100/600/1525 Vrs.- Valparaíso, 18 de noviembre de 2016.
Visto:
La autorización otorgada mediante resolución DGSA. Ord. N° 4100/600/371 Vrs., de fecha 2 de enero de 2015, la que se encuentra vigente; lo solicitado por la Dirección de Ingeniería de Sistemas Navales en su mensaje N° 081500 de noviembre de 2016; lo dispuesto en la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento, contenido en el DS N° 95, del Ministerio de Hacienda, del año 2006; los artículos 2°, 3°, 5° y 9° del DFL N° 1/19.653 del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en DS N° 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004, y la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas de exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
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- Que, conforme se establece en las disposiciones legales citadas, el Director General de los Servicios, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes.
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- Que, la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la ley.
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- Que, la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.
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- Que la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios...
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