Resolución núm. 26, publicada el 11 de Enero de 2017. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 657451397

Resolución núm. 26, publicada el 11 de Enero de 2017. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA

Núm. 26 D.G.S.A. Ordinario N° 4100/600/1525 Vrs.- Valparaíso, 18 de noviembre de 2016.

Visto:

La autorización otorgada mediante resolución DGSA. Ord. N° 4100/600/371 Vrs., de fecha 2 de enero de 2015, la que se encuentra vigente; lo solicitado por la Dirección de Ingeniería de Sistemas Navales en su mensaje N° 081500 de noviembre de 2016; lo dispuesto en la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento, contenido en el DS N° 95, del Ministerio de Hacienda, del año 2006; los artículos 2°, 3°, 5° y 9° del DFL N° 1/19.653 del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en DS N° 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004, y la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas de exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. - Que, conforme se establece en las disposiciones legales citadas, el Director General de los Servicios, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes.

  2. - Que, la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la ley.

  3. - Que, la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.

  4. - Que la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios...

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