Resolución núm. 252 EXENTA, publicada el 17 de Febrero de 2020. APRUEBA 'INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA CON LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE' - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 840325288

Resolución núm. 252 EXENTA, publicada el 17 de Febrero de 2020. APRUEBA 'INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA CON LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

APRUEBA "INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA CONEXIÓN EN LÍNEA CON LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE"

Núm. 252 exenta.- Santiago, 10 de febrero de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, fijada en el artículo segundo de la ley N° 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente (Losma); en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley N° 18.834, que Aprueba el Estatuto Administrativo; en la resolución exenta N° 424, de 12 de mayo de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija la Organización Interna de la Superintendencia del Medio Ambiente; en las resoluciones exentas N° 559, de 14 de mayo de 2018, N° 438, de 28 de marzo de 2019, y N° 1.619, de 21 de noviembre de 2019, que modifican la resolución exenta N° 424, de 2017; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 11 de septiembre de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija la Planta de Personal de la Superintendencia del Medio Ambiente y su Régimen de Remuneraciones; en la resolución exenta RA N°119123/129/2019, de 6 de septiembre de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que nombra a don Emanuel Ibarra Soto en calidad de titular en el cargo de Fiscal de la Superintendencia del Medio Ambiente, y en la resolución N° 7, de 16 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) es el servicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental, de las medidas de los Planes de Prevención y/o Descontaminación Ambiental, del contenido de las Normas de Calidad Ambiental, y Normas de Emisión, y de los Planes de Manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos instrumentos de carácter ambiental que establece la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones que sean de su competencia.

  2. Para dar cumplimiento a lo anterior, dentro de su organización interna la Superintendencia del Medio Ambiente cuenta con el Departamento de Gestión e Información (DGI), cuya principal función es apoyar a las diferentes unidades y procesos de este Servicio, asegurando el continuo y correcto funcionamiento de las plataformas de red y comunicaciones.

  3. En este sentido, los distintos instrumentos de carácter ambiental (ICA) y las instrucciones que ha dictado este Servicio en ejercicio de sus atribuciones, generan en sus sujetos obligados el deber de realizar una conexión en línea para la entrega de datos o información específica, en determinadas condiciones, según sea el caso.

  4. Para materializar lo anterior, esta Superintendencia estima necesario indicar los requisitos mínimos relacionados con la conexión en línea, que permita reportar en tiempo real los valores de variables medidas en el Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones (CEMS), instrumentación industrial, estaciones de calidad del aire u otros sistemas distintos a los CEMS, destinados al monitoreo remoto, según lo establecido por el respectivo ICA o la instrucción de carácter general que aplique al efecto que haya dictado la SMA.

  5. Para lograr lo anterior, la SMA dictó con fecha 4 de febrero de 2019, la resolución exenta N° 174, que aprueba el "Instructivo técnico para la conexión en línea de sistema de monitoreo de la Superintendencia del Medio Ambiente".

  6. Mediante resolución exenta N° 1.574, de 12 de noviembre de 2019, de la SMA se aprobó la "Instrucción General para la Conexión en Línea de los Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones - CEMS".

  7. Mediante resolución exenta N° 126, de 23 de enero de 2020, aprobó la "Instrucción General para la Conexión en Línea y Reportes de Seguimiento de las Estaciones de Vigilancia de la Calidad del Aire que Indica".

  8. Considerado las nuevas instrucciones que se han dictado a la fecha y que dicen relación con materias asociadas a la conexión en línea con los sistemas de la SMA, se hace necesario actualizar la resolución exenta N° 174 mencionada en el considerando 5° anterior, por lo cual se procede a resolver lo siguiente:

    Resuelvo:

    Primero: Apruébase el documento denominado "Instructivo Técnico para...

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