Resolución núm. 247, publicada el 16 de Diciembre de 2021. CERTIFICADO - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 879139328

Resolución núm. 247, publicada el 16 de Diciembre de 2021. CERTIFICADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

CERTIFICADO

Certifico que por resolución N° E-247, de fecha 29 de noviembre de 2021, se aprobó la reforma introducida a los estatutos de Administradora de Fondos de Pensiones Habitat S.A., acordada en la décima sexta junta extraordinaria de accionistas, celebrada el día 23 de septiembre de 2021, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 5 de octubre de 2021, ante la Notario Público de Santiago doña Verónica Torrealba Costabal, suplente del titular don Iván Torrealba Acevedo.

EXTRACTO:

La junta, con el voto conforme al artículo 67, inciso segundo, de la ley N° 18.046, acordó, entre otras proposiciones de acuerdos, lo siguiente:

  1. Dividir en conformidad a los artículos 94 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas a la sociedad Administradora de Fondos de Pensiones Habitat S.A. en dos sociedades anónimas, a saber: (A) Una que será ella misma, continuadora legal de la actual Sociedad, con su mismo nombre, con su naturaleza especial señalada en el Título XIII de la mencionada Ley de Sociedades Anónimas y con su misma personalidad jurídica, y (B) La otra sociedad, que se formará a consecuencia de la división, que girará bajo el nombre de Administradora Americana de Inversiones S.A., pero que también podría operar para efectos de publicidad, propaganda y operaciones de bancos bajo la sigla "AAI S.A.", en adelante también la "Nueva Sociedad", la cual se regirá por los estatutos que se consignan en el acta de la décima sexta junta extraordinaria de accionistas, que se inscribirá en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero, al igual que sus acciones, cuyo objeto será invertir en toda clase de bienes raíces y derechos constituidos sobre ellos, y en toda clase de bienes corporales e incorporales, incluyendo derechos en sociedades, acciones, valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos de comercio, administrar tales inversiones y bienes, explotar éstos en cualquier forma por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos y rentas; y que, para el desarrollo de su objeto, se le asignaron en ese proceso de división los activos, pasivos y patrimonio que se individualizaron en el acta de la décima sexta junta extraordinaria de accionistas.

  2. Disminuir el capital de la sociedad por un monto de ochocientos noventa y un millones ochocientos dieciséis mil doscientos veintiocho pesos, dividido en mil millones de acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, por lo que el capital social...

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