Resolución núm. 245 EXENTA, publicada el 07 de Abril de 2018. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES Nos 630 Y 830 EXENTAS, AMBAS DE 2014, Y DELEGA FACULTADES DEL SUPERINTENDENTE DE EDUCACIÓN EN LOS DIRECTORES REGIONALES DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 708187489

Resolución núm. 245 EXENTA, publicada el 07 de Abril de 2018. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES Nos 630 Y 830 EXENTAS, AMBAS DE 2014, Y DELEGA FACULTADES DEL SUPERINTENDENTE DE EDUCACIÓN EN LOS DIRECTORES REGIONALES DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES Nos 630 Y 830 EXENTAS, AMBAS DE 2014, Y DELEGA FACULTADES DEL SUPERINTENDENTE DE EDUCACIÓN EN LOS DIRECTORES REGIONALES DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

Núm. 245 exenta.- Santiago, 16 de marzo de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto, refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.529, de 2011, del Ministerio de Educación sobre el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el decreto N° 571, de 2014, del Ministerio de Educación; en el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2012, del Ministerio de Educación, que establece las Direcciones Regionales de la Superintendencia de Educación; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47° de la ley N° 20.529, se crea la Superintendencia de Educación, como "un servicio público funcionalmente descentralizado y territorialmente desconcentrado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio y que se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación".

  2. Que, el objeto de esta Superintendencia será fiscalizar, de conformidad a la ley, que los sostenedores de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado se ajusten a las leyes, reglamentos e instrucciones que dicte la Superintendencia, en adelante "la normativa educacional". Asimismo, fiscalizará la legalidad del uso de los recursos por los sostenedores de los establecimientos subvencionados y que reciban aporte estatal y, respecto de los sostenedores de los establecimientos particulares pagados, fiscalizará la referida legalidad sólo en caso de denuncia. Además, proporcionará información, en el ámbito de su competencia, a las comunidades educativas y otros usuarios e interesados, y atenderá las denuncias y reclamos de éstos, aplicando las sanciones que en cada caso corresponda.

  3. Que, mediante el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2012, del Ministerio de Educación, se establecen las Direcciones Regionales de la Superintendencia de Educación, definiendo sus potestades, funciones y el ámbito geográfico que abarca cada una de ellas.

  4. Que, los artículos 99 y siguientes de la ley N° 20.529, establecen las atribuciones del Superintendente de Educación, como Jefe Superior de la Superintendencia, entre las cuales se encuentra la de delegar atribuciones o facultades específicas en funcionarios de su dependencia, de conformidad a la ley.

  5. Que, la delegación de facultades es una institución contemplada en la ley, cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cual, es posible delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias que se encuentra dotado, en razón de su cargo, el Jefe Superior del Servicio, mecanismo que deberá efectuarse en forma parcial, sobre materias específicas y en funcionarios de su dependencia.

  6. Que, mediante las resoluciones exentas Nos 630 y 830, de 2014, ambas del Superintendente de Educación, se delegó facultades en los Directores Regionales de la Institución, con la finalidad de otorgarles mayores atribuciones, agilizando los procedimientos y propendiendo a la...

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