Resolución núm. 240 EXENTA, publicada el 28 de Agosto de 2020. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847521709

Resolución núm. 240 EXENTA, publicada el 28 de Agosto de 2020. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Núm. 240 exenta.- Copiapó, 20 de agosto de 2020.

Vistos:

  1. Decreto Nº 287 del 2 de agosto de 2019.

  2. Las facultades contenidas en el DFL Nº 22 de 1959, artículo 26 letras e) y f), y artículos 33 y 34.

  3. Decreto ley Nº 3.457 de 1980.

  4. Ley Nº 19.175 de 1992 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional artículo 4º letra h).

  5. Resolución Nº 1.600 de 5 de noviembre de 2008, que modifica resolución Nº 520 del año 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55 del año 1992, ambas de la Contraloría General de la República.

  6. Memorándum Nº 206, emitido por la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla y sus antecedentes.

Considerando:

  1. - Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos Servicios Públicos.

  2. - Dentro de las facultades dadas a este Gobernador, se encuentran las de vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.

  3. - Mediante memorándum Nº 206, de fecha 17 de agosto de 2020, citada en los vistos, la ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, Atacama, solicitó el desalojo de los ocupantes emplazados en el terreno fiscal, ubicado en la localidad de Los Loros (a sesenta y cinco kilómetros de la ciudad de Copiapó), que corresponde al Lote Nº 3, y que se encuentra a un costado del Estadio de dicha localidad. Dicho inmueble, se encuentra inscrito a fojas 1359, número 1080 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, del año 1983.

    En lo medular consigna la existencia de ocupación ilegal identificando en ella a un aproximado de 12 familias.

  4. - Que, no se identificó a los titulares de la ocupación ilegal.

  5. - Que, los ocupantes ilegales a la fecha de esta resolución exenta, no han hecho restitución del inmueble ocupado ni han retirado las mejoras levantadas en el mismo.

  6. - Que, la ocupación ilegal contraviene abiertamente la legislación vigente, causando graves perjuicios a los intereses fiscales al no poder disponer el Fisco de sus propios bienes inmuebles.

  7. - Que, es de imperiosa necesidad que la autoridad determine una efectiva, inmediata y...

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