Resolución núm. 236 EXENTA, publicada el 19 de Mayo de 2023. ORDENA EL DESARME Y EL DESALOJO ADMINISTRATIVO DEL INMUEBLE FISCAL DENOMINADO TERRENO SECTOR CAMINO A PAIPOTE UBICADO EN EL KM 10 DE LA RUTA 31-CH, COMUNA DE COPIAPÓ - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 931599829

Resolución núm. 236 EXENTA, publicada el 19 de Mayo de 2023. ORDENA EL DESARME Y EL DESALOJO ADMINISTRATIVO DEL INMUEBLE FISCAL DENOMINADO TERRENO SECTOR CAMINO A PAIPOTE UBICADO EN EL KM 10 DE LA RUTA 31-CH, COMUNA DE COPIAPÓ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

ORDENA EL DESARME Y EL DESALOJO ADMINISTRATIVO DEL INMUEBLE FISCAL DENOMINADO TERRENO SECTOR CAMINO A PAIPOTE UBICADO EN EL KM 10 DE LA RUTA 31-CH, COMUNA DE COPIAPÓ

Núm. 236 exenta.- Copiapó, 11 de mayo de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, los artículos 115 bis y 116, de la Constitución Política de la República; artículos letra c) y letra h), del decreto con fuerza de ley 1-19.175, que Fija el Texto Refundido, Coordinado, Sistematizado y Actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional del Ministerio del Interior; el decreto con fuerza de ley Nº 22, de 1959, que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior de la República, del Ministerio de Hacienda, artículos 32 a 34; el Ord. Nº 394 de fecha 24 de marzo de 2023, enviado por el Director Regional de Vialidad, Región de Atacama; el correo electrónico de fecha 2 de mayo de 2023, del Jefe del Departamento de Coordinación y Gestión Territorial (S) de esta repartición, que sugiere desarme e indica contraparte técnica de su unidad; inscripción de Fojas 527 vta. Nº 500 del año 1964 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó; Catastro realizado por equipo de la Delegación Presidencial de Atacama, personal de la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Copiapó y Migraciones, de fecha 3 de mayo de 2023 y el decreto supremo en trámite Nº 399, de fecha 30 de diciembre de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Considerando:

  1. - Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 115 bis de la Constitución Política de la República, en cada región existirá una Delegación Presidencial Regional, a cargo de un Delegado Presidencial Regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República en la región, en conformidad a la ley. El Delegado Presidencial Regional será el representante natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República, y será nombrado y removido libremente por él. El Delegado Presidencial Regional ejercerá sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.

  2. - Que, conforme a lo anterior y en relación a lo dispuesto en el artículo letra h) de la ley Nº 19.175, corresponde al Delegado Presidencial Regional vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.

  3. - Que, en atención a lo solicitado en el Ord. Nº 394 de fecha 24 de marzo de 2023, por parte del...

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