Resolución núm. 233 EXENTA, publicada el 01 de Diciembre de 2020. NOTIFICACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852439569

Resolución núm. 233 EXENTA, publicada el 01 de Diciembre de 2020. NOTIFICACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

NOTIFICACIÓN

Resolución exenta Nº 233, abril 21 de 2020; Vistos: Ley Nº 18.755; Ley Nº 19.880; Ley Nº 19.162; Decreto Nº 94; Decreto supremo Nº 104 de 2020; Resolución exenta Nº 1.940 de 2020 del Director Nacional del SAG; Resolución exenta Nº 192 de 2018 de la Dirección Nacional del SAG; Resolución exenta Nº 191 de 2020 de la Dirección Regional del SAG Antofagasta; Resolución exenta Nº 498 de 2019 de la Directora Regional SAG Antofagasta; Acta de Denuncia y Citación Nº 2020000153, 18 de marzo de 2020, cursada a Comercial Arbahec Limitada., RUT: 76.489.170-8, con domicilio desconocido, que indica: Fallas y falencias en infraestructura que hacen perder la cadena de frío de las carnes, principalmente pasillo de descarga. Al momento de la fiscalización se observan incumplimientos en cuanto a infraestructura del frigorífico que hacen perder la cadena de frío de las carnes principalmente en pasillos de tránsito y descarga; Considerando: 4.- Que, a fojas 6, rola certificación de no comparecencia de representante de la empresa denunciada a correspondiente audiencia indagatoria; 7.- Que, la denuncia formulada por los inspectores del Servicio o Carabineros de Chile, constituye presunción de haberse cometido la infracción; 13.- Que, analizados los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica se concluye que existe infracción a lo dispuesto en los artículo letras c) y k) y artículo 24 inciso primero del reglamento decreto Nº 94, cuya sanción se encuentra establecida en el artículo 8º de la ley Nº 19.162.; Resuelvo: 1.- Aplíquese al infractor, multa de Cinco (5) unidades tributarias mensuales, pagadera según valor vigente a la fecha de pago; 3.- Se deberá pagar la multa, en atención a la contingencia que atraviesa el país, mediante transferencia electrónica dentro del plazo de diez días hábiles contados desde que se encuentre ejecutoriada la presente resolución, a los siguientes datos: Transferencia Electrónica; Cuenta corriente Nº: 02509148654; Banco: Estado. RUT: 61.308.000-7. Titular: Servicio Agrícola y Ganadero. Glosa: Número de resolución y Rol de la causa. Reportar: Copia del comprobante de pago a correo electrónico: veronica.morenod@sag.gob.cl dentro del décimo día hábil de ejecutoriada la presente resolución. 4.- Si no se realiza pago de la multa en el plazo establecido, o si celebrándose un convenio de pago, adeudare dos cuotas consecutivas, el total de la multa o del remanente de pago pasará a la Tesorería General de la República...

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