Resolución núm. 233 EXENTA, publicada el 01 de Diciembre de 2020. NOTIFICACIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
NOTIFICACIÓN
Resolución exenta Nº 233, abril 21 de 2020; Vistos: Ley Nº 18.755; Ley Nº 19.880; Ley Nº 19.162; Decreto Nº 94; Decreto supremo Nº 104 de 2020; Resolución exenta Nº 1.940 de 2020 del Director Nacional del SAG; Resolución exenta Nº 192 de 2018 de la Dirección Nacional del SAG; Resolución exenta Nº 191 de 2020 de la Dirección Regional del SAG Antofagasta; Resolución exenta Nº 498 de 2019 de la Directora Regional SAG Antofagasta; Acta de Denuncia y Citación Nº 2020000153, 18 de marzo de 2020, cursada a Comercial Arbahec Limitada., RUT: 76.489.170-8, con domicilio desconocido, que indica: Fallas y falencias en infraestructura que hacen perder la cadena de frío de las carnes, principalmente pasillo de descarga. Al momento de la fiscalización se observan incumplimientos en cuanto a infraestructura del frigorífico que hacen perder la cadena de frío de las carnes principalmente en pasillos de tránsito y descarga; Considerando: 4.- Que, a fojas 6, rola certificación de no comparecencia de representante de la empresa denunciada a correspondiente audiencia indagatoria; 7.- Que, la denuncia formulada por los inspectores del Servicio o Carabineros de Chile, constituye presunción de haberse cometido la infracción; 13.- Que, analizados los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica se concluye que existe infracción a lo dispuesto en los artículo 4º letras c) y k) y artículo 24 inciso primero del reglamento decreto Nº 94, cuya sanción se encuentra establecida en el artículo 8º de la ley Nº 19.162.; Resuelvo: 1.- Aplíquese al infractor, multa de Cinco (5) unidades tributarias mensuales, pagadera según valor vigente a la fecha de pago; 3.- Se deberá pagar la multa, en atención a la contingencia que atraviesa el país, mediante transferencia electrónica dentro del plazo de diez días hábiles contados desde que se encuentre ejecutoriada la presente resolución, a los siguientes datos: Transferencia Electrónica; Cuenta corriente Nº: 02509148654; Banco: Estado. RUT: 61.308.000-7. Titular: Servicio Agrícola y Ganadero. Glosa: Número de resolución y Rol de la causa. Reportar: Copia del comprobante de pago a correo electrónico: veronica.morenod@sag.gob.cl dentro del décimo día hábil de ejecutoriada la presente resolución. 4.- Si no se realiza pago de la multa en el plazo establecido, o si celebrándose un convenio de pago, adeudare dos cuotas consecutivas, el total de la multa o del remanente de pago pasará a la Tesorería General de la República...
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