Resolución núm. 2320 EXENTA, publicada el 28 de Agosto de 2018. ASIGNA FUNCIONES DIRECTIVAS A ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE COOPERATIVAS Y DE LA UNIDAD DE ASOCIACIONES GREMIALES Y CONSUMIDORES - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 737516181

Resolución núm. 2320 EXENTA, publicada el 28 de Agosto de 2018. ASIGNA FUNCIONES DIRECTIVAS A ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE COOPERATIVAS Y DE LA UNIDAD DE ASOCIACIONES GREMIALES Y CONSUMIDORES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

ASIGNA FUNCIONES DIRECTIVAS A ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE COOPERATIVAS Y DE LA UNIDAD DE ASOCIACIONES GREMIALES Y CONSUMIDORES

Núm. 2.320 exenta.- Santiago, 20 de agosto de 2018.

Visto:

La ley Nº 21.053 de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; el Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el decreto con fuerza de ley Nº 1/18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008 y Nº 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el artículo 41 de la ley Nº 18.575, prevé la posibilidad de delegar la facultad de firmar por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas.

  2. Que, el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2003, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, entregó al Departamento de Cooperativas de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño una serie de atribuciones en materia de Cooperativas.

  3. Que, de acuerdo a lo dispuesto en la ley Nº 21.053, Ley de Presupuestos para el Sector Público 2018, específicamente en la Glosa 02 de la Partida 07, Capitulo 1, Programa 01, letra a), del Presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones, no pudiendo dicho personal exceder de 18 funcionarios.

  4. Que conforme lo establece el artículo 5º de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, las autoridades deben velar por el debido cumplimiento de la función pública.

Resuelvo:

Artículo primero

Asígnese a contar del 4 de mayo de 2018, a don Eduardo Gárate López, cédula de identidad número 15.959.757-1, profesional a contrata, asimilado a grado 2 EUS, en su calidad de encargado del Departamento de Cooperativas y la Unidad de Asociaciones Gremiales y Consumidores, las siguientes funciones directivas:

  1. Coordinar las labores, planificar y organizar las actividades y procesos del Departamento de Cooperativas y la Unidad de Asociaciones Gremiales y Consumidores, a través de la propuesta de mejoras que asegure servicios de calidad y mayor cobertura...

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