Resolución núm. 232 EXENTA, publicada el 03 de Marzo de 2020. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN LA VÍA QUE SE INDICA, COMUNA DE PADRE LAS CASAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN LA VÍA QUE SE INDICA, COMUNA DE PADRE LAS CASAS
Núm. 232 exenta.- Temuco, 19 de febrero de 2020.
Vistos:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39 de 1992 y Nº 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 343, de fecha 5 de enero de 1999, de esta Secretaría Regional Ministerial; el ordinario Nº 72, de fecha 21 de enero de 2020, de la Municipalidad de Padre Las Casas; la resolución exenta Nº 3.692, de fecha 14 de noviembre de 2019 del Departamento Técnico, Oficina de Licitaciones y Costos de Serviu Araucanía; el Ingreso Nº 518 presentado a esta Secretaría Regional Ministerial por la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Limitada, con fecha 24 de enero de 2020; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
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Que, mediante Ingreso Nº 518 de fecha 24 de enero de 2020, la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Limitada, en el marco del programa de "Mejoramiento Interconexión Vial Temuco - Padre Las Casas", solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados en ambas calzadas de Pasaje Santa María, entre calle Nibaldo y calle Baquedano, en la comuna de Padre Las Casas.
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Que, el ordinario Nº 72, citado en Vistos y emitido por la Municipalidad de Padre Las Casas, aprueba el proyecto de señalización, siempre y cuando la ejecución de las obras cumplan con los requisitos que se señalan en el referido ordinario.
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Que, esta Secretaría Regional Ministerial, mediante la resolución exenta Nº 343 de fecha 5 de enero de 1999, estableció la Red Vial Básica en la ciudad de Padre Las Casas.
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Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.
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Que, Según Pronunciamiento Técnico de la División de Transporte Público Regional (TPR) de esta Secretaría Regional Ministerial, se deben contemplar las siguientes consideraciones:
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Dado que el corte...
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