Resolución núm. 2283 EXENTA, publicada el 13 de Mayo de 2022. DELEGA LA FACULTAD DE SUSCRIBIR, BAJO LA FÓRMULA 'POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN'', LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA EN LAS FUNCIONARIAS/OS QUE SE SEÑALAN, EN LOS SUPUESTOS QUE SE SINGULARIZAN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA LA FACULTAD DE SUSCRIBIR, BAJO LA FÓRMULA "POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN'', LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE INDICA EN LAS FUNCIONARIAS/OS QUE SE SEÑALAN, EN LOS SUPUESTOS QUE SE SINGULARIZAN
Núm. 2.283 exenta.- Santiago, 6 de mayo de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República-; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.845, de inclusión escolar, que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1996, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales; en el decreto ley N° 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto N° 152, de 2016, del Ministerio de Educación, que aprueba reglamento del proceso de admisión de los y las estudiantes de establecimientos educacionales que reciben subvención a la educación gratuita o aportes del Estado; en el decreto N° 401, de 2017, del Ministerio de Educación, que aprueba reglamento sobre certificación y registro público de acciones formativas, y en la resolución N° 7, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
-
Que, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° de la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública, a esta Secretaría de Estado corresponde fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo; promover la educación parvularia y garantizar el acceso gratuito y el financiamiento fiscal al primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia; financiar un sistema gratuito destinado a garantizar el acceso de toda la población a la educación básica y media...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba