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Resolución núm. 226 EXENTA, publicada el 23 de Noviembre de 2023. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DE TARAPACÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DE TARAPACÁ

Núm. 226 exenta.- Iquique, 24 de agosto de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que aprueba reglamento para la designación de integrantes de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y las resoluciones Nº 6 y Nº 7, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón y sus modificaciones; decreto Nº 37, de fecha 15 de julio de 2022, que nombra Secretarios y Secretarias Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de las regiones que indica y el expediente de la convocatoria y los seleccionados.

Considerando:

Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.

Que el artículo 16 de la referida ley, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, al cual le corresponde ejecutar las funciones y atribuciones descritas en su artículo 17. Asimismo, el artículo 18 del citado cuerpo legal, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la capital regional respectiva o en alguna capital provincial.

Que conforme con el numeral 4 del artículo 19 de la ley Nº 21.045, los Consejos Regionales se integrarán, entre otros, por cuatro personas...

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