Resolución núm. 224 EXENTA, publicada el 08 de Septiembre de 2020. APRUEBA ENMIENDA Nº 3 EDICIÓN 1 DEL DAN 142 'CENTROS DE ENTRENAMIENTO DE AERONÁUTICA CIVIL (CEAC)' - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847722148

Resolución núm. 224 EXENTA, publicada el 08 de Septiembre de 2020. APRUEBA ENMIENDA Nº 3 EDICIÓN 1 DEL DAN 142 'CENTROS DE ENTRENAMIENTO DE AERONÁUTICA CIVIL (CEAC)'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA ENMIENDA Nº 3 EDICIÓN 1 DEL DAN 142 "CENTROS DE ENTRENAMIENTO DE AERONÁUTICA CIVIL (CEAC)"

Núm. 8/0/1/73/224 exenta.- Santiago, 29 de marzo de 2018.

Vistos:

  1. La Ley Nº 18.916 "Código Aeronáutico";

  2. La Ley Nº 16.752, "Orgánica de la DGAC";

  3. DAR 01 "Reglamento Licencias al Personal Aeronáutico";

  4. DAN 142 "Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CEAC)"; y

  5. Lo recomendado por la Sección Normas del Departamento Seguridad Operacional, mediante Nota de estudio NE (LIC) Nº 07-2018 de fecha 08-mar-2018.

    Considerandos:

  6. Que los Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CEAC) no requieren de un Certificado de Operador Aéreo (AOC) para impartir instrucción y/o entrenamiento de vuelo, en tanto ostente el Certificado de Centro de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CCEAC); y

  7. Que se definen nuevos requisitos que deben tener las aeronaves.

    Resuelvo:

    Apruébase con esta fecha Enmienda Nº 3 a la Edición 1 de la DAN 142 "Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil".

    Anótese y comuníquese.- Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, Director General.

    ACTUALÍZASE EN EL DIARIO OFICIAL EL SIGUIENTE SENTIDO DE LA NORMA AERONÁUTICA DAN 142 "CENTROS DE ENTRENAMIENTO DE AERONÁUTICA CIVIL"

    1. Modifíquese en el Capítulo A Generalidades, 142.1 Definiciones y Acrónimos por los siguientes:

      Centro de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CEAC). Una organización certificada bajo la DAN 142 que provee entrenamiento, para mantener las licencias otorgadas por la DGAC del personal aeronáutico regulado por la normativa de Licencias y de aquel que opera bajo las DAN 121, 135, 137 y DAN 92. Asimismo para la obtención de la Licencia de Piloto TLA y habilitaciones de tipo, de acuerdo a la normativa de Licencias para Pilotos. Instrucción impartida por un CIAC / CEAC. Es la que se realiza en el marco de un sistema aprobado y supervisado por la DGAC y que otorga créditos y/o privilegios de acuerdo a lo establecido en la norma aeronáutica correspondiente. Lista de verificación o cumplimiento. Documento que enumera las secciones de la DAN 142, con una breve explicación de la forma de cumplimiento (o con referencia a manuales y/o documentos donde está la explicación), para garantizar que todos los requerimientos normativos aplicables sean evaluados durante el proceso de certificación y vigilancia. Persona responsable. Directivo quien tiene la responsabilidad y autoridad corporativa para asegurar que toda la instrucción requerida puede ser financiada y llevada...

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