Resolución núm. 222 EXENTA, publicada el 27 de Agosto de 2020. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE BIOBÍO QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO DENOMINADO 'CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE' EN EL ASPECTO QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847498978

Resolución núm. 222 EXENTA, publicada el 27 de Agosto de 2020. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE BIOBÍO QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO DENOMINADO 'CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE' EN EL ASPECTO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE BIOBÍO QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO DENOMINADO "CAPITAL SEMILLA EMPRENDE/CAPITAL ABEJA EMPRENDE" EN EL ASPECTO QUE INDICA

Núm. 222-20 exenta.- Concepción, 11 de agosto de 2020.

Visto:

La ley Nº 6.640; el DFL Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda; y el Reglamento General de Corfo, aprobado por decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; la resolución afecta Nº 50, de 2015, que crea el Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío y sus posteriores modificaciones; resolución exenta 2.342, de 2015, que individualiza proyectos y programas que deben ser de competencia de los Comités de Desarrollo Productivo Regional; la resolución TRA Nº 121497/3/2018 y resolución exenta RA Nº 121497/7/2019, ambas de Corfo, que le designan funciones a la Directora Ejecutiva del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío, y lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración, en el sentido que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevan a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente; y lo establecido en las resoluciones Nº 7 y Nº 8, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.

Considerando:

  1. La resolución (A) Nº 50, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, que puso en ejecución el Acuerdo de Consejo Nº 2.868 de 2015, crea Comités de Desarrollo Productivo Regional y aprueba texto del Reglamento del "Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío", modificado por la resolución (A) Nº 140, de 2015; la resolución (A) Nº 50, de 2017; por la resolución (A) Nº 174, de 2018; y la resolución (A) Nº 63, de 2019, todas de Corto, cuyo artículo 6º letra a) los faculta para "crear, previa visación del Vicepresidente Ejecutivo de Corto, los instrumentos de apoyo que estime adecuados para el cumplimiento de sus fines".

  2. Que, por Acuerdo del Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío, adoptado en Sesión ordinaria Nº 8, de 7 de abril de 2016, se aprobó la creación del instrumento denominado "Capital Semilla Emprende" / "Capital Abeja Emprende"...

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