Resolución núm. 222 EXENTA, publicada el 07 de Octubre de 2017. APRUEBA PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701797273

Resolución núm. 222 EXENTA, publicada el 07 de Octubre de 2017. APRUEBA PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

Santiago, 24 de agosto de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 222 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, promulgado a través del decreto supremo N° 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de esta Secretaría de Estado; en la resolución exenta N° 219, de 23 de agosto de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba acta de la primera sesión del Comité Interministerial de Derechos Humanos; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. - Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8°, letra c) del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la Subsecretaría de Derechos Humanos le corresponde elaborar y proponer el Plan Nacional de Derechos Humanos, a que alude el artículo 15 de la norma indicada, y presentarlo al Comité Interministerial de Derechos Humanos, a efectos de cumplir con lo dispuesto en la letra d) del artículo 12 de la disposición indicada, así como la coordinación de su ejecución, seguimiento y evaluación con los demás Ministerios, requiriendo la información que sea necesaria.

  2. - Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo , letra h) del decreto con fuerza de ley N° 3, antes referido, la Subsecretaría de Derechos Humanos debe generar y coordinar instancias de participación y diálogo con organizaciones ciudadanas y con la sociedad civil en general, respecto de la adopción de políticas, planes y programas en materia de derechos humanos, con el objeto de promover y garantizar el respeto efectivo de los derechos humanos en los diferentes ámbitos del quehacer nacional, tomando en consideración y, en su caso...

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