Resolución núm. 221 EXENTA, publicada el 07 de Octubre de 2017. APRUEBA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE DERECHOS HUMANOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701797285

Resolución núm. 221 EXENTA, publicada el 07 de Octubre de 2017. APRUEBA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE DERECHOS HUMANOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

APRUEBA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE DERECHOS HUMANOS

Santiago, 24 de agosto de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 221 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica de esta Secretaría de Estado; en la resolución exenta N° 219, de 23 de agosto de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba acta de la primera sesión del Comité Interministerial de Derechos Humanos; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. - Que, con fecha 21 de abril de 2017 se realizó la primera sesión del Comité Interministerial de Derechos Humanos, establecido en el artículo 10 del decreto con fuerza de ley N° 3 de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya acta fue aprobada por la resolución exenta N°219, de 23 de agosto de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En dicha instancia, entre otros acuerdos, se sometieron a la aprobación del Comité las normas de funcionamiento de este, en los términos establecidos en el artículo 13 del DFL N° 3 citado.

  2. - Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del señalado DFL N° 3, los acuerdos del Comité Interministerial de Derechos Humanos que requieran materializarse mediante actos administrativos que, conforme al ordenamiento jurídico, deben dictarse por una Secretaría de Estado, serán expedidos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por lo que corresponde dictar la resolución que apruebe las normas de funcionamiento del Comité mencionado.

Resuelvo:

  1. Apruébanse las normas de funcionamiento del Comité Interministerial de Derechos Humanos, establecido en el artículo 10 del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo texto es el siguiente:

    NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERMINISTERIAL DE DERECHOS HUMANOS

  2. Respecto a la Integración

    El Comité Interministerial...

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