Resolución núm. 21 EXENTA, publicada el 20 de Marzo de 2015. ESTABLECE FORMA Y OPORTUNIDAD EN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN Y FONDOS MUTUOS Y LAS INSTITUCIONES INTERMEDIARIAS QUE SE SEÑALAN, DEBEN PRESENTAR LAS DECLARACIONES JURADAS A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 7º TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.712, DE 2014, SOBRE 'ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES'
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE FORMA Y OPORTUNIDAD EN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN Y FONDOS MUTUOS Y LAS INSTITUCIONES INTERMEDIARIAS QUE SE SEÑALAN, DEBEN PRESENTAR LAS DECLARACIONES JURADAS A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 7º TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.712, DE 2014, SOBRE "ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES"
Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 21, del 13 de marzo de 2015, que dispone la obligación para las Administradoras de Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privados y todas aquellas Instituciones Intermediarias que hayan efectuado inversiones a su nombre por cuenta de terceros de presentar, ante este Servicio, vía transmisión electrónica de datos a través de Internet las declaraciones juradas Formularios Nº 1916 "Declaración Jurada Anual sobre información de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos de acuerdo al artículo 7º transitorio letras a), b) y d) Ley 20.712, de 2014" y Formulario Nº1918 "Declaración Jurada Anual sobre Información de Partícipes de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos de acuerdo al artículo 7º transitorio letras a) y d) Ley 20.712, de 2014", para informar los saldos que registren en el Fondo de Utilidades Tributables, el saldo del registro de los dividendos recibidos de sociedades...
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