Resolución núm. 207 EXENTA, publicada el 23 de Marzo de 2017. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA QUE INDICA PERTENECIENTE A LAS COMUNAS DE LA ESTRELLA Y LITUECHE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA QUE INDICA PERTENECIENTE A LAS COMUNAS DE LA ESTRELLA Y LITUECHE
Núm. 207 exenta.- Rancagua, 28 de febrero de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.059; Artículos 96, 113 y 161 del DFL N° 1, de 2009, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.290 de Tránsito; en la resolución N° 1.600, de 2008, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de toma de Razón de la Contraloría General de la República; en el decreto 78, de 2012 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; en la Solicitud de la empresa Maserco S.A., de fecha ingreso a esta Secretaría Regional Ministerial 23 de enero de 2017; y la demás normativa aplicable;
Considerando:
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Que, a través de la solicitud de fecha 23 de enero de 2017, la empresa Maserco S.A., solicita a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación de vehículos en la Ruta I-120, entre el Km 3,0 y el Km 13,0, con motivo de la ejecución de la obra "Mejoramiento Caminos Básicos Intermedios (CBI) Ruta I-120, Km 0,000 al Km 19,970, comunas de La Estrella y Litueche, provincia de Cardenal Caro, Región de O' Higgins", desde el 13 de marzo y hasta el 1 de septiembre de 2017.
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Que, junto con la solicitud, la empresa presentó Plan de Señalización y Seguridad Tránsito, el cual será exigido, con el objeto de mitigar los impactos que generará la ejecución de la obra; plan que se encuentra detallado en la presente resolución exenta y plano que la acompañan.
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Que, el DFL N° 1, de 2009, citado en vistos señala en sus artículos N° 107 y 113 inciso primero, respectivamente, que:
"El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda".
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Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo,
Resuelvo:
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Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en Ruta I-120, comunas de La Estrella y Litueche, para la ejecución de las obras...
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