Resolución núm. 202205001228 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2022. NOTIFICA RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO 'PARQUE EÓLICO CERRO PIEDRA' - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 916042796

Resolución núm. 202205001228 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2022. NOTIFICA RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO 'PARQUE EÓLICO CERRO PIEDRA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

NOTIFICA RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO "PARQUE EÓLICO CERRO PIEDRA"

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la ley Nº 19.300, que busca facilitar la participación ciudadana, permitiendo el acceso a la información ambiental, se comunica que, por carta del 28 de noviembre de 2022, el señor Juan Carlos Monckeberg Fernández, en representación de Energía Eólica Curauma SpA, manifestó su voluntad de desistirse del procedimiento de evaluación ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Eólico Cerro Piedra".

Considerando que el artículo 14 de la ley Nº 19.880, en su inciso tercero, dispone que: "En los casos de prescripción, renuncia del derecho, abandono del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobreviniente del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables"; que, el artículo 40 de la ley Nº 19.880, en su inciso primero, dispone que: "Pondrán término al procedimiento la resolución final, el desistimiento, la declaración de abandono y la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico"; que el artículo 42 de la ley Nº 19.880, dispone que: "Todo interesado podrá desistirse de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos"; y, que la referida solicitud ha sido oportunamente presentada por el Titular del Proyecto, ante este órgano competente, se informa que mediante resolución exenta...

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