Resolución núm. 202200001 EXENTA, publicada el 07 de Enero de 2022. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS EXENTAS QUE INDICA DE LA DIVISIÓN DE ASOCIATIVIDAD Y COOPERATIVAS - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 879668662

Resolución núm. 202200001 EXENTA, publicada el 07 de Enero de 2022. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS EXENTAS QUE INDICA DE LA DIVISIÓN DE ASOCIATIVIDAD Y COOPERATIVAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS EXENTAS QUE INDICA DE LA DIVISIÓN DE ASOCIATIVIDAD Y COOPERATIVAS

Núm. RAEX202200001 exenta.- Santiago, 3 de enero de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo N° 108, incisos y letra d) de la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, concordado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en las resoluciones administrativas exentas N°s. 726, 848, 849, 851, 856, 870, 876, todas de 2020, de este origen; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó como pandemia el brote mundial de COVID-19, enfermedad infecciosa causada por el coronavirus.

  2. Que, mediante el decreto N° 14, de 5 de febrero de 2020, modificado mediante decreto N° 6, de 7 de marzo del mismo año, ambos del Ministerio de Salud, se declaró alerta sanitaria en todo el territorio de la República de Chile, con el objeto de enfrentar la amenaza a la salud pública producida por la propagación a nivel mundial del referido virus.

  3. Que, fue declarado Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional, con ocasión de la propagación mundial del virus COVID-19, mediante decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y sus prórrogas posteriores a través de los decretos supremos N° 269, N° 400 y N° 646, de 2020, y N° 153 de 2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  4. Que, el artículo 108 letra d) de la Ley General de Cooperativas, establece que el Departamento de Cooperativas, actual División de Asociatividad y Cooperativas, podrá dictar normas e impartir instrucciones de carácter contable y administrativo para perfeccionar el funcionamiento de las cooperativas.

  5. Que, dada la contingencia derivada de la pandemia producida por la enfermedad COVID-19, la División de Asociatividad y Cooperativas, en el interés de velar por la seguridad del sector cooperativo y sus socios, y al mismo tiempo con el objeto de favorecer el funcionamiento de las cooperativas durante la pandemia, dictó una serie de resoluciones administrativas exentas durante los años 2020 y 2021; estas son las siguientes: RAE N° 726, de...

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