Resolución núm. 2, publicada el 10 de Febrero de 2017. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Núm. 2 D.G.S.A. Ordinario N° 4100/600/35 Vrs.- Valparaíso, 6 de enero de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 95 del Ministerio de Hacienda, del año 2006; los artículos 2°, 3°, 5° y 9° del DFL N° 1/19.653 del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en decreto supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda, del año 2004; la ley Nº 20.981, que establece el presupuesto del sector público para el año 2017; lo dispuesto por resolución D.G.S.A. Ord. N° 4100/600/334 Vrs., del 2 de enero de 2015, que delega facultad en el Jefe de Departamento de Bienestar Social de Magallanes; y la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, que fija normas de exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
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- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 1, de la ley N° 18.928, el Director General de los Servicios, es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes.
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- Que la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la Ley.
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- Que la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y de forma óptima los recursos institucionales.
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- Que la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea...
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