Resolución núm. 192 EXENTA, publicada el 07 de Junio de 2022. LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), 2016, PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 906007729

Resolución núm. 192 EXENTA, publicada el 07 de Junio de 2022. LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), 2016, PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO REGIONAL A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), 2016, PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Núm. 192 exenta.- Puerto Montt, 23 de mayo de 2022.

Vistos:

  1. La facultad que confiere el inciso segundo del artículo 15, de la ley Nº 20.898, para otorgar subsidios a comunidades de copropietarios constituidas de acuerdo a la ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria;

  2. La ley 21.442, de 2022, que aprueba Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria;

  3. El decreto supremo Nº 4, del Ministerio de Salud, de fecha 5 de febrero de 2020, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV);

  4. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su artículo 24;

  5. La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de 2019, que fija Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.

  6. La resolución exenta Nº 720 (V. y U.), de fecha 14 de marzo de 2019, que aprueba Itemizados Técnicos para proyectos de Energías Renovables: Sistemas Solares Térmicos y Sistemas Solares Fotovoltaicos, en el marco de los Programas Habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

  7. El oficio ordinario Nº 116, de fecha 28 de enero de 2021, del Jefe de División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de Obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios reglamentado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, para ser aplicados en los proyectos que postulen a los llamados del mencionado capítulo, durante el año 2021;

  8. El oficio ordinario Nº 105, de fecha 14 de enero de 2022, del Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que señala que debe mantenerse el Itemizado Técnico de Obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada mediante el ordinario citado en el visto precedente;

  9. La resolución exenta Nº 2.007, de fecha 17 de diciembre de 2021, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2022 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica;

  10. La Circular Nº 2, de fecha 24.01.2022, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2022;

  11. La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo;

  12. El oficio ordinario Nº 354, de fecha 17 de febrero de 2022, del Jefe del Departamento de Condominios y Atención del Déficit Cualitativo, que establece directrices operativas de los programas de mejoramiento Hogar Mejor (DS Nº 255 y DS Nº 27), y del Programa de Habitabilidad Rural (DS Nº 10);

  13. El "Informe Precios de los Materiales Programas DS Nº 49, DS Nº 10", emitido por la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional del Minvu, de febrero 2022, que determina el impacto que la pandemia por COVID-19 ha generado en el aumento de los costos de las obras;

  14. La resolución Nº 380 (V. y U.), del 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica en el Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.

  15. La resolución exenta Nº 588 (V. y U.), de fecha 10 de mayo de 2022, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, para efectuar Llamados en Condiciones Especiales para el año 2022, correspondiente al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;

  16. La circular Nº 125, de fecha 27 de febrero de 2018, de la División de Desarrollo Urbano del Minvu, que se refiere al artículo Nº 2 de la ley 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, específicamente sobre los Bienes Comunes Edificados;

  17. La facultad que me confiere el decreto supremo Nº 397, de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministerial de Vivienda y Urbanismo y el decreto exento RA Nº 272/58/2019, de fecha 25.10.2019, que establece primer orden de subrogación, y la resolución TRA Nº 272/16/2021, de fecha 03.08.2021, que me nombra titular en el cargo de Jefe de Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, de la Seremi Minvu Región de Los Lagos, de la Planta de Directivos.

    Considerando:

    1. La necesidad de atender a condominios de viviendas en la Región de Los Lagos que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el artículo Nº 4 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;

    2. La necesidad de efectuar un Llamado Regional a postulación a fin de atender Condominios de Viviendas de la Región de Los Lagos que hayan sido certificados como vivienda objeto del Programa en las condiciones establecidas por el resuelvo Nº 3 de la presente resolución;

    3. Que las obras de reparación, normalización, mejoramiento y/o ampliación a realizar en los condominios de viviendas configuran acciones de alta relevancia para este Ministerio;

    4. Que a través de Res. Ex. Nº 588, del 10 de mayo de 2022, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, autoriza expresamente a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar Llamados en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Programa de Mejoramientos de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, para la Región de Los Lagos, entre otras;

    5. En consideración a lo anterior, dicto la siguiente resolución.

    Resolución:

  18. Llámese a postulación para el otorgamiento de subsidios correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, a Condominios de Viviendas que se encuentren calificados como objetos del presente llamado y que se encuentren ubicados en la Región de Los Lagos, y consideren obras correspondientes a Mejoramiento de Bienes Comunes y/o Ampliación de la Vivienda en Copropiedad.

  19. Los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección de este llamado, serán los siguientes:

  20. La condición de Condominio objeto de atención del programa, será acreditada por la Seremi Minvu Región de Los Lagos, en atención a los requisitos señalados en el artículo Nº 89 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016 y de acuerdo a lo indicado en el numeral 43 de la Res. Ex. 380 (V. y U.), individualizada en el visto Nº 14.

    Las comunidades de copropietarios y residentes interesados en postular deberán presentar a través de una Entidad Patrocinante en la Seremi Minvu Región de Los Lagos, un expediente que contenga los documentos que permitan acreditar la condición de condominio objeto de atención del programa. Los antecedentes que debe contener el expediente son:

    1. Ficha de presentación de la copropiedad;

    2. Ficha de diagnóstico técnico constructivo, en el que conste la priorización de las obras que conformarán el proyecto a postular, firmado por un profesional perteneciente al ámbito de la construcción;

    3. Ficha Complementaria Proyecto de Ampliación, si corresponde;

    4. Ficha de solicitud complemento de Eficiencia Energética y Térmico, si corresponde;

    5. Ficha de solicitud de elementos críticos con grave deterioro, si corresponde;

    6. Ficha de diagnóstico socio jurídico, firmado por profesional perteneciente al equipo social de la Entidad Patrocinante, registrado en el CRAT;

    7. Copia del Plano del conjunto habitacional, archivado en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, en el que se identifique la copropiedad, sus límites, sus bloques de vivienda, subadministraciones y/o sectores, indicado en los numerales 1 y 2 del artículo Nº 89 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016; Si por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente justificado, dicho plano no se encuentra en el archivo del CBR, excepcionalmente se podrá acompañar un plano visado por el Director de Obras Municipales. De...

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