Resolucion núm. 1918, el 08 de Enero de 2004. ESTABLECE PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE CONSERVACION DE LA COMISION PARA LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917828489

Resolucion núm. 1918, el 08 de Enero de 2004. ESTABLECE PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE CONSERVACION DE LA COMISION PARA LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE CONSERVACION DE LA COMISION PARA LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS

Núm. 1.918.- Valparaíso, 29 de diciembre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en el D.S. 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.892 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura; la ley Nº 19.713; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los decretos supremos Nº 662 de 1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores y las resoluciones Nº 857 de 1991 y 262 de 1993, ambas del Servicio Nacional de Pesca.

Considerando:

Que la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCAMLR) tiene por objeto la conservación de los recursos vivos marinos antárticos y que dicha Convención establece en sus artículos VII y IX una Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos y la adopción y revisión de Medidas de Conservación para el logro del objetivo, siendo Chile país miembro de esta Convención.

Que conforme a lo señalado en el artículo XXI de esta Convención establece que cada una de las Partes Contratantes adoptará las medidas adecuadas, dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de las Medidas de Conservación adoptadas por la Comisión.

Que corresponde al Servicio Nacional de Pesca garantizar el cumplimiento de las normas y convenios internacionales adoptados por el país en materias pesqueras y efectuar los controles que sean necesarios, para lograr un efectivo cumplimiento de la normativa vigente.

Que corresponde al Director Nacional de Pesca dictar resoluciones para la aplicación y fiscalización de las leyes y reglamentos sobre pesca, caza marítima y demás formas de explotación de recursos hidrobiológicos.

Resuelvo:

Artículo primero

Los armadores de naves pesqueras industriales y buques fábricas todos de bandera nacional, en adelante "armadores" que operen sobre las distintas pesquerías de interés en el área de la Convención y sujetas a las Medidas de Conservación y resoluciones de la CCAMLR, deberán cumplir los procedimientos y plazos que establece la presente resolución.

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