Resolución núm. 18666 EXENTA, publicada el 16 de Noviembre de 2022. DELEGA FACULTAD DE OTORGAR EL PERMISO DE PERMANENCIA TRANSITORIA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD DE OTORGAR EL PERMISO DE PERMANENCIA TRANSITORIA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA
Núm. 18.666 exenta.- Santiago, 3 de marzo de 2022.
Vistos:
El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos; la ley Nº 21.325 de Migración y Extranjería; el decreto supremo Nº 296, que Aprueba el Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería; el decreto ley Nº 2.460, de 1979, que dicta la Ley Orgánica de Policía de Investigaciones de Chile; el decreto supremo Nº 128, de 27 de mayo de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Álvaro Bellolio Avaria como Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones; y la resolución Nº7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, de acuerdo al artículo 166 de la ley Nº 21.325, corresponderá a la Policía en el ejercicio de su función de control migratorio, controlar el ingreso y egreso de extranjeros del territorio nacional y registrar dichos hechos en el Registro Nacional de Extranjeros, sin perjuicio de las facultades del Servicio Nacional de Aduanas.
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Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 47 de la ley Nº 21.325 de Migración y Extranjería, el Servicio Nacional de Migraciones podrá delegar la facultad de otorgar el permiso de permanencia transitoria a las autoridades señaladas en el artículo 166, para su ejercicio en los pasos habilitados a que hace referencia el artículo 25 de la misma ley.
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Que, en virtud de la nueva institucionalidad migratoria, su organización y funciones, y con el objeto de velar por el efectivo cumplimiento de los principios de eficiencia y celeridad que deben inspirar la actuación de todos los órganos de la Administración del Estado, se hace necesario delegar la facultad de otorgar el permiso de permanencia transitoria a la autoridad contralora mencionada en el artículo 166 del decreto supremo Nº 296, que Aprueba el Reglamento de la ley Nº21.325 de Migración y Extranjería.
Resuelvo:
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- Delégase la facultad de otorgar el permiso de permanencia transitoria en la autoridad contralora de frontera, esto es, la Policía de Investigaciones de Chile, y en aquellos pasos habilitados en...
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