Resolución núm. 180 EXENTA, publicada el 08 de Febrero de 2024. DESIGNA MINISTRO DE FE PARA EFECTOS DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 1005531845

Resolución núm. 180 EXENTA, publicada el 08 de Febrero de 2024. DESIGNA MINISTRO DE FE PARA EFECTOS DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

DESIGNA MINISTRO DE FE PARA EFECTOS DE CERTIFICACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

Núm. 180 exenta.- Valparaíso, 2 de febrero de 2024.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento, aprobado por decreto supremo Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (en adelante "el Ministerio"), es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley Nº 21.045.

Que la Subsecretaría de las Culturas y las Artes del Ministerio (en adelante "la Subsecretaría"), de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la ley Nº 21.045, tiene a su cargo la administración y servicio interno del Ministerio.

Que por su parte, mediante instructivo presidencial Nº 5, de 2001, que imparte instrucciones para el desarrollo del Gobierno Electrónico, se encomendó al Ministerio Secretaría General de la Presidencia -en adelante también "Minsegpres"- la coordinación y seguimiento del cumplimiento de las instrucciones contenidas en dicho instructivo y de todas aquellas que se establezcan en el futuro en relación al desarrollo del Gobierno Electrónico.

Que en este contexto, el Consejo de la Cultura y las Artes (predecesor legal de esta Subsecretaría) y Minsegpres suscribieron...

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