Resolución núm. 18, publicada el 06 de Marzo de 2023. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 3.128, DE 2022, QUE DECLARA PRIORITARIA AL CONJUNTO DE EMPRESAS LIDERADAS POR MUJERES, Y ESTABLECE CONDICIONES ESPECIALES PARA LAS OPERACIONES DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS ASOCIADAS A ESTA POBLACIÓN, EN EL MARCO DEL 'PROGRAMA DE COBERTURA A PRÉSTAMOS DE BANCOS E INTERMEDIARIOS FINANCIEROS - FOGAIN' Y DICTA NORMAS ESPECIALES PARA SU EJECUCIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Resolución |
EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 3.128, DE 2022, QUE DECLARA PRIORITARIA AL CONJUNTO DE EMPRESAS LIDERADAS POR MUJERES, Y ESTABLECE CONDICIONES ESPECIALES PARA LAS OPERACIONES DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS ASOCIADAS A ESTA POBLACIÓN, EN EL MARCO DEL "PROGRAMA DE COBERTURA A PRÉSTAMOS DE BANCOS E INTERMEDIARIOS FINANCIEROS - FOGAIN" Y DICTA NORMAS ESPECIALES PARA SU EJECUCIÓN
Núm. 18.- Santiago, 3 de febrero de 2023.
Visto:
La ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cuyo artículo 3° inciso séptimo, establece que los acuerdos de los órganos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de una resolución de la autoridad de la entidad correspondiente; la ley N° 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía; el decreto supremo del Ministerio de Economía Fomento y Turismo N° 28, que Nombra Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción a don José Miguel Benavente Hormazábal; y lo establecido en las resoluciones N° 7, de 2019 y N° 14, de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan, respectivamente, las normas sobre exención del trámite de toma de razón y los montos de los actos que deben cumplir con dicho trámite y los controles de reemplazo.
Considerando:
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Que, mediante Acuerdo de Consejo de Corfo N° 2.626, de 2010, modificado por el Acuerdo de Consejo N° 2.648, también de 2010; por Acuerdo de Consejo N° 2.773, de 2013; por Acuerdos de Consejo N° 2.904 y N° 2.920, ambos de 2016; y por Acuerdo de Consejo N° 3.003, de 2018, se aprobó el "Programa de Cobertura a Préstamos de Bancos e Intermediarios Financieros - Fogain", cuyo Reglamento se encuentra aprobado por resolución (A) N° 71, de 2013, modificada por las resoluciones (A) N° 97, de 2017, N° 113, de 2018, N° 11 y N° 21, ambas de 2020, todas de Corfo.
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Que, por Acuerdo N° 3.128, de 2022, del Consejo de Corfo, adoptado en sesión N° 515, efectuada el 26 de diciembre de 2022, se declaró prioritaria al Conjunto de Empresas Lideradas por Mujeres, y se estableció condiciones especiales para las operaciones de los Intermediarios Financieros...
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