Resolución núm. 18 EXENTA, publicada el 13 de Abril de 2015. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DECRETO SUPREMO Nº 14, DE 14 DE FEBRERO DE 2012, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, CONFIERE TRASLADO A LOS INTERESADOS Y CONCEDE AUDIENCIA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 565146734

Resolución núm. 18 EXENTA, publicada el 13 de Abril de 2015. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DECRETO SUPREMO Nº 14, DE 14 DE FEBRERO DE 2012, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, CONFIERE TRASLADO A LOS INTERESADOS Y CONCEDE AUDIENCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DECRETO SUPREMO Nº 14, DE 14 DE FEBRERO DE 2012, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, CONFIERE TRASLADO A LOS INTERESADOS Y CONCEDE AUDIENCIA

Núm. 18 exenta.- Santiago, 7 de abril de 2015.- Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en adelante ley Nº 19.880; en el DL Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores, en adelante e indistintamente "LGSE"; en el decreto supremo Nº 14, de 14 de febrero de 2012, del Ministerio de Energía, que fija tarifas de subtransmisión y de transmisión adicional y sus fórmulas de indexación; en la presentación de don Paolo Scotta, en representación de Hidropaloma S.A., ingresada al Ministerio de Energía con fecha 5 de febrero de 2015; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la LGSE, con fecha 14 de febrero de 2012, el Ministerio de Energía dictó el decreto supremo Nº 14, tomado de razón por la Contraloría General de la República el día 4 de abril de 2013 y publicado en el Diario Oficial con fecha 9 de abril de 2013, que fija tarifas de subtransmisión y de transmisión adicional y sus fórmulas de indexación, en adelante e indistintamente decreto Nº 14.

  2. Que con fecha 5 de febrero de 2015 ingresó a esta Secretaría de Estado una presentación de don Paolo Scotta, en representación de Hidropaloma S.A., que solicita, en lo principal, la invalidación parcial del decreto Nº 14, por los argumentos de hecho y de derecho que expone; en el primer otrosí solicita en subsidio la corrección de las reliquidación de los pagos por uso del sistema de subtransmisión; en el segundo otrosí, acompaña documentos; en el tercer otrosí solicita que se notifique a los interesados y se ordene la realización de la audiencia pública contemplada por el artículo 53 de la ley Nº 19.880; en el cuarto otrosí hace presente su personería para representar a Hidropaloma S.A.; y en el quinto otrosí...

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