Resolución núm. 173 EXENTA, publicada el 22 de Mayo de 2020. REANUDA LAS OPERACIONES DE CRÉDITO EN LA UNIDAD DE CRÉDITO DE ARICA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 844693443

Resolución núm. 173 EXENTA, publicada el 22 de Mayo de 2020. REANUDA LAS OPERACIONES DE CRÉDITO EN LA UNIDAD DE CRÉDITO DE ARICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

REANUDA LAS OPERACIONES DE CRÉDITO EN LA UNIDAD DE CRÉDITO DE ARICA

Núm. 173 exenta.- Santiago, 18 de mayo de 2020.

Vistos:

  1. La Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.

  2. La Ley N° 19.880, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.

  3. El DFL N° 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.

  4. Las resoluciones N° 6, N° 7 y N° 8, todas de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  5. Que la autoridad sanitaria ha declarado al coronavirus Covid-19 en fase 4, señalando además serie de medidas para el control de la propagación de la enfermedad, como se desprende de lo informado en la siguiente publicación de 16 de marzo de 2020: https://www.minsal.cl/coronavirus-en-chile-pasa-a-fase-4-y-presidente-anuncia-cierre-de-frontera.

  6. El Gab. Pres. N° 3 de 16 de marzo de 2020 mediante el cual, S.E. el Presidente de la República, "Imparte instrucciones y medidas de prevención y reacción por casos de Covid-19 a los ministerios y a los servicios públicos que dependan o se relacionen a través de ellos".

  7. El Instructivo de aplicación inmediata por pandemia coronavirus (Covid-19), Dirección General del Crédito Prendario de 16 de marzo de 2020.

  8. El Dictamen N° 3610, de la Contraloría General de la República, de 17 de marzo de 2020, sobre medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la Administración del Estado a propósito del brote del Covid-19.

  9. La resolución exenta N° 105, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 17 de marzo de 2020, que autoriza exención de control horario y modalidad de trabajo remota para los funcionarios que se indican.

  10. La resolución exenta N° 106, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 18 de marzo de 2020, que autoriza modalidad flexible de organización del trabajo para los funcionarios que indica y establece medidas a propósito del brote de Covid-19.

  11. La resolución exenta N° 109, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 23 de marzo de 2020, que autoriza exención de control horario y modalidad de trabajo remota para los funcionarios que se indican, en conformidad a lo dispuesto por resolución exenta N° 106, citada en considerando anterior.

  12. La resolución exenta N° 126, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 26 de marzo de 2020, que establece modalidad de tramitación electrónica de actos...

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