Resolución núm. 167 EXENTA, publicada el 10 de Mayo de 2019. AUTORIZA USO DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEPORTIVO INSTITUCIONAL QUE INDICA, PARA FINES DE LA LEY N° 20.887
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA USO DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEPORTIVO INSTITUCIONAL QUE INDICA, PARA FINES DE LA LEY N° 20.887
Núm. 167 exenta.- Santiago, 25 de abril de 2019.
Visto:
-
Lo establecido en la Ley N° 19.712, de fecha 09.02.2001, denominada Ley del Deporte.
-
Lo preceptuado en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
-
Lo dispuesto en la Ley N° 20.887, que facilita Infraestructura y Equipamiento Deportivo de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública a Organizaciones Deportivas, Establecimientos Educacionales y Personas Jurídicas sin fines de lucro.
-
Lo prescrito en el Reglamento aprobado por decreto supremo N° 1.058, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 08.07.2016, que tiene por objeto aplicar y complementar las disposiciones de la ley N° 20.887, que facultan a Carabineros de Chile para facilitar la infraestructura y equipamiento deportivo a organizaciones deportivas legalmente constituidas, establecimientos educacionales y personas jurídicas sin fines de lucro.
-
Las disposiciones contenidas en el Reglamento de Administración de Reparticiones y Unidades de Carabineros, N° 3.
-
La resolución exenta N° 111, de 16.03.2017, de la Dirección General de Carabineros.
-
Lo señalado por la Dirección de Educación, Doctrina e Historia en los Documentos Electrónicos N.C.U. 88335930 de 07.12.2018 y N.C.U. 90662786 de 30.01.2019, en cuanto a la infraestructura deportiva de los Planteles Institucionales.
-
Lo informado por la Dirección de Finanzas de Carabineros, a través del Documento Electrónico N.C.U. 92215862 de 06.03.2019, referido al cálculo de la tarifa por hora de uso de las dependencias deportivas institucionales.
-
Lo precisado por la Dirección de Finanzas en su Documento Electrónico N.C.U. 90083397 de 17.01.2019, en cuanto al destino de lo recaudado a raíz de la facilitación de la infraestructura y/o equipamiento deportivo institucional.
-
Lo establecido en la resolución N° 1.600, de 30.10.2008, y su similar N° 6, de 26.03.2019, modificada por resolución N° 11, de 04.04.2019, todas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
-
Que, el artículo único de la ley N° 20.887, faculta a las instituciones que forman parte de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para permitir el uso de su infraestructura y equipamiento deportivo a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba