Resolucion núm. 160 EXENTA, el 17 de Abril de 2004. PROHIBE LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO QUE INDICA EN LA CIUDAD DE ARICA EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917842761

Resolucion núm. 160 EXENTA, el 17 de Abril de 2004. PROHIBE LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO QUE INDICA EN LA CIUDAD DE ARICA EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES
Rango de LeyResolución

PROHIBE LA CIRCULACION DE VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO QUE INDICA EN LA CIUDAD DE ARICA EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA

Núm. 160 exenta.- Iquique, 12 de abril de 2004.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 113º y 118º de la ley Nº 18.290, ley Nº 18.059 en relación con el artículo 43º de la ley Nº 18.287, decreto supremo Nº 255 de 1981, y decreto supremo Nº 1 de 1994, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y resoluciones Nº 59 de 1985 y Nº 39 de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, como una excepción al derecho que tienen los conductores a transitar en sus vehículos.

  2. La urgente necesidad de adoptar medidas eficaces que permitan reducir la congestión vial en la ciudad de Arica, y contribuir con ello a una mejor calidad de vida de sus habi-tantes.

  3. El estudio denominado "Mejoramiento de la Gestión de Tránsito de Arica", realizado por la empresa Suroeste Consultores a petición de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión de Planificación en Infraestructura de Transporte, Sectra, y la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la I Región, que concluye que uno de los principales problemas viales que presenta la comuna de Arica es provocado por la sobreoferta de vehículos de transporte público urbano con una baja tasa de ocupación, significativamente superior al óptimo social; cuestión que incide en mayores tiempos globales de circulación, generándose con ello externalidades negativas para todo el sistema de transportes de la comuna.

  4. Que, asimismo, existen otros antecedentes que evidencian una importante reducción general de la demanda por los servicios de transporte público urbano durante los períodos fuera de punta, lo cual hace innecesaria e inconveniente la masiva circulación de los vehículos que prestan este tipo de servicios.

  5. Que, realizada la evaluación de la implementación de la restricción vehicular dispuesta por las resoluciones exentas Nº 362 y Nº 492 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Tarapacá, se concluyó que durante su ocurrencia, esta medida generaba beneficios sociales al disminuir la congestión y mejorar los tiempos de viaje de transporte público en sus distintos modos.

  6. Que, existen solicitudes de gremios de transporte público urbano en el sentido de extender la vigencia de la restricción vehicular para este tipo de servicios.

  7. Que, el 31 de mayo de 2004 para la ciudad de Arica corresponde el retiro por antigüedad del modelo año 1981 de buses urbanos, el que registra un número de 41 buses, correspondiente a un 13,1% del parque total.

  8. Que, en consecuencia, existen las causas justificadas que exige el artículo 118 de la ley Nº 18.290,

    Resuelvo:

  9. Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículo de transporte público urbano, por todas las calles incluidas en la red vial básica de la ciudad de Arica, detalladas en el Punto siguiente, durante el período comprendido entre el 19 de abril de 2004 y el 31 de mayo de 2005, de acuerdo al último dígito de su placa patente única, según los siguientes calendarios:

    1. Taxis Básicos, Taxis Turismo y Taxis Colectivos de la comuna de Arica:

      Período Ultimos Dígitos Placa Patente

      Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

      19 al

      23 de

      abril

      de 2004 1-2 3-4 5-6 7-8 9-0

      26 al

      30 de

      abril

      de 2004 3-4 5-6 7-8 9-0 1-2

      3 al

      7 de

      mayo

      de 2004 5-6 7-8 9-0 1-2 3-4

      10 al

      14 de

      mayo de

      2004 7-8 9-0 1-2 3-4 5-6

      17 al

      21 de

      mayo de

      2004 9-0 1-2 3-4 5-6 festivo

      24 al

      28 de

      mayo de

      2004 1-2 3-4 5-6 7-8 9-0

      31 de

      mayo

      al 4 de

      junio 3-4 5-6 7-8 9-0 1-2

      7 al

      11 de

      junio de

      2004 festivo 7-8 9-0 1-2 3-4

      14 al

      18 de

      junio

      de 2004 7-8 9-0 1-2 3-4 5-6

      21 al

      25 de

      junio de

      2004 9-0...

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