Resolución núm. 1533 EXENTA, publicada el 01 de Septiembre de 2017. NOTIFICACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 692508357

Resolución núm. 1533 EXENTA, publicada el 01 de Septiembre de 2017. NOTIFICACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

NOTIFICACIÓN

  1. - Que mediante resolución exenta 1.533/2017, de fecha 14 de julio de 2017, se resolvió la causa rol 17137216 en contra de López y Urra Limitada, por hechos denunciados mediante Acta de Denuncia y Citación Nº 13-4821 de fecha 8 de marzo de 2017, cursada a López y Urra Limitada, RUT 76.880.390-0, representada legalmente por Carmen Luz Urra Guerrero, domiciliada en Artemio Gutiérrez Nº 2138, comuna de Santiago, Región Metropolitana, cursada por los siguientes hechos: Por comercializar mediante factura Nº 4472 el producto Vodka Misión San Juan calificado de no apto para comercializar de acuerdo a Ordinario Nº 2323/2017 de la División de Protección Agrícola Forestal por presentar una graduación alcohólica. Que se tuvo a la vista lo dispuesto en la Ley 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley 18.455 de Alcoholes; decreto 78 el cual Reglamenta Ley 18.455 que fija Normas sobre Producción, Elaboración y Comercialización de Alcoholes Etílicos, Bebidas Alcohólicas y Vinagres; Resolución Nº 1/2015, la cual designa al Director Regional SAG RM, resolución Nº 41 la cual Refunde y Amplía disposiciones Relativas a la Obligación de Declarar al Servicio Agrícola y Ganadero la Existencia y Cosecha de Vinos, Chichas, Mostos, Mudos y Sulfatados, resolviendo aplicar a López y Urra Limitada, ya individualizada, 10 Unidades Tributarias Mensuales vigentes a la fecha del pago. Al notificarse de la presente resolución al infractor, hágase presente que tiene derecho a recurrir, pidiendo revisión, ante el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, dentro del plazo de diez días hábiles contados desde dicha notificación. Si no se presentare el recurso el infractor deberá pagar la multa impuesta, en las Oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero, dentro del plazo de diez días hábiles...

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