Resolución núm. 1522 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2022. INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2022, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 910440900

Resolución núm. 1522 EXENTA, publicada el 13 de Septiembre de 2022. INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2022, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

INSTRUYE PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AÑO 2022, PARA LA GESTIÓN DE EPISODIOS CRÍTICOS DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Núm. 1.522 exenta.- Santiago, 7 de septiembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la ley N°20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "Losma"); en la ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N°18.834 que Aprueba el Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N°105, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví (en adelante, "PPDA CQP"); en el decreto con fuerza de ley N°3, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la resolución exenta N°2. 124, de 2021, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija su organización interna; en el decreto exento RA N°118894/55/2022, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que establece el orden de subrogación de Superintendente; en la resolución exenta RA 119123/149/2020, de 2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que renueva el nombramiento de Jefe de la División de Fiscalización; en la resolución exenta N°659, de 2022, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que establece orden de subrogancia para el cargo de Jefe/a del Departamento Jurídico; y, en la resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, "Superintendencia" o "SMA") fue creada para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las resoluciones de calificación ambiental, de las medidas de los planes de prevención y/o de descontaminación ambiental, del contenido de las normas de calidad ambiental y normas de emisión, y de los planes de manejo, cuando corresponda, y de todos aquellos otros instrumentos de gestión ambiental que establezca la ley; así como imponer sanciones en caso que se constate alguna de las infracciones de su competencia.

  2. Que, la letra e) del artículo 46 del PPDA CQP, indica que corresponde a la SMA coordinar el Programa de fiscalización para el Plan Operacional de Gestión de Episodios Críticos (en adelante, "GEC") de contaminación ambiental, con la colaboración del Delegado Presidencial Regional, la Seremi del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, la Seremi de Salud de la Región de Valparaíso, las Municipalidades respectivas, y los órganos de la Administración del Estado competentes.

  3. El inciso segundo del artículo 5° de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que establece que los órganos de la Administración del Estado deberán cumplir sus cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la duplicidad e interferencia de funciones.

  4. Los oficios ordinarios N°s. 685/2022, 686/2022, 687/2022, 688/2022 y 689/2022, de fecha 24 de marzo de 2022, todos de la Superintendencia, que solicitan a los organismos sectoriales participantes en la ejecución del Programa de Fiscalización, la remisión de información asociada a...

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