Resolución núm. 1490 EXENTA, publicada el 02 de Febrero de 2024. DA INICIO AL PROCESO DE REVISIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 122, DE 2009, DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA, QUE ESTABLECE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DEL LAGO LLANQUIHUE - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 980994554

Resolución núm. 1490 EXENTA, publicada el 02 de Febrero de 2024. DA INICIO AL PROCESO DE REVISIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 122, DE 2009, DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA, QUE ESTABLECE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DEL LAGO LLANQUIHUE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

DA INICIO AL PROCESO DE REVISIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 122, DE 2009, DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA, QUE ESTABLECE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DEL LAGO LLANQUIHUE

Núm. 1.490 exenta.- Santiago, 29 de diciembre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 38, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión; en el decreto supremo N° 122, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del lago Llanquihue; en la resolución exenta N° 1.206, de 2022, que establece el Programa de Regulación Ambiental 2022-2023; en la resolución exenta N° 893, de 31 de agosto de 2023, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que extiende medidas extraordinarias de visación de documentos del Ministerio del Medio Ambiente - Subsecretaría del Medio Ambiente; en el Memorándum N° 212, de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos; en el Memorándum RR.NN. N° 445, de 22 de noviembre de 2023, de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente; en la resolución exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. - Que, conforme al artículo 69 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el Ministerio del Medio Ambiente es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa.

  2. - Que, el artículo 70 letra n) de la citada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR