Resolución núm. 148 EXENTA, publicada el 19 de Mayo de 2016. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 175 EXENTA, DE 2001, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE AYSÉN - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 638782545

Resolución núm. 148 EXENTA, publicada el 19 de Mayo de 2016. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 175 EXENTA, DE 2001, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE AYSÉN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 175 EXENTA, DE 2001, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE AYSÉN

Núm. 148 exenta.- Coyhaique, 25 de abril de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.059, la ley Nº 18.696; el DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en el artículo 5º del decreto supremo Nº 1, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; el decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 175, de fecha 14 de noviembre de 2001, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Aysén, la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa aplicable;

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a la información del Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros (RNSTP), se ha constatado la existencia de servicios rurales prestados en buses entre las ciudades de Coyhaique y Puerto Cisnes, razón por la cual ya no existen razones para mantener la autorización para inscribir minibuses para prestar servicios rurales o interurbanos entre dichas ciudades.

  2. Que, por otro lado, la baja cantidad de servicios de transporte público inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros de la Región, se traduce en que los sectores comprendidos entre los tramos considerados en el resuelvo 2 del presente acto administrativo, cuenten con escasa cobertura de este tipo de transporte.

  3. Que, asimismo, en los sectores aludidos, la densidad poblacional no...

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