Resolucion núm. 147, el 13 de Agosto de 2005. DECLARA ACTOS, DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES SUJETOS A SECRETO O RESERVA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 917917404

Resolucion núm. 147, el 13 de Agosto de 2005. DECLARA ACTOS, DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES SUJETOS A SECRETO O RESERVA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Rango de LeyResolución

DECLARA ACTOS, DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES SUJETOS A SECRETO O RESERVA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA

Núm. 147.- Santiago, 23 de junio de 2005.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 13 y siguientes del DFL Nº 1/19.653, de 2000 sobre Bases Generales de la Administración del Estado; las disposiciones de la ley 19.880 sobre Procedimientos Administrativos; el DFL Nº 1, de 1993, del Ministerio de Hacienda; El D.S. Nº 26, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el reglamento sobre el secreto o reserva de los actos y documentos de la administración; la resolución Ex. Nº 147 de fecha 24 de abril de 2003 de la Presidencia del Consejo de Defensa del Estado y la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores.

Y teniendo presente:

  1. Que mediante resolución Ex. Nº 147 de fecha 24 de abril de 2003, dictada por la Presidencia del Consejo se declaró que revestían el carácter de secreto o reservado, para los efectos establecidos en el artículo 9º del decreto supremo Nº 26, de 2001, determinados actos, documentos y antecedentes emanados del Servicio, teniendo en vista la naturaleza de las funciones del Consejo de Defensa del Estado, como asimismo las disposiciones legales especiales que regulan tales funciones;

  2. Que revisado el texto de la citada resolución Ex. Nº 147 conforme a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia, se ha concluido que es procedente mantener protegidas con la declaración de secreto o reserva las actas de las sesiones del Consejo y de sus Secciones, por contener ellas antecedentes que reflejan fielmente la exposición, análisis, debate y decisión de los numerosos asuntos tratados en las respectivas sesiones, los que incuestionablemente se encuentran ligados al secreto profesional o a estrategias procesales, que de ser conocidos por terceros, podrían impedir u obstaculizar gravemente el ejercicio de la acción del Servicio, comprometiendo fuertemente el interés del Estado, que la institución Consejo de Defensa del Estado está llamada por ley a resguardar y por lo tanto las actas referidas deben ser materia de la declaración a que alude el artículo 9º del reglamento contenido en el D.S. Nº 29 citado anteriormente.

  3. Que se exceptúan del principio general de transparencia y de publicidad de los actos de la Administración del Estado, aquellos actos, documentos, o actuaciones regulados en normas especiales y por lo tanto es...

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