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Resolución núm. 144 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2022. FIJA LOS ANTECEDENTES QUE DEBERÁ PRESENTAR Y ACOMPAÑAR EL INTERESADO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

FIJA LOS ANTECEDENTES QUE DEBERÁ PRESENTAR Y ACOMPAÑAR EL INTERESADO QUE INDICA

Núm. 144 exenta.- Santiago, 25 de mayo de 2022.

Vistos:

El decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ley Nº 20.848, de 2015, Marco para la Inversión Extranjera Directa en Chile y Crea la lnstitucionalidad Respectiva; decreto Nº 72, de 2022, que Aprueba Estrategia de Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera; decreto Nº 49, de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra a Karla Flores Mardones como Directora de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera; resolución exenta Nº 127, de 2020, que actualiza la organización interna de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera; ley Nº 21.325, sobre Migración y Extranjería; decreto Nº 296, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba reglamento de la ley Nº 21.325, sobre Migración y Extranjería; decreto Nº 23, de 2022, que aprueba subcategorías migratorias de permanencia transitoria; decreto Nº 177, de 2022, que aprueba subcategorías migratorias de residencia temporal, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; resoluciones Nºs. 6 y 7, de 2019, y 16, de 2020, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera (en adelante, InvestChile) es un servicio público descentralizado, cuya finalidad es la promoción y atracción de inversión extranjera directa a Chile, ofreciendo servicios de atención y provisión de información a potenciales inversionistas, así como servicios de facilitación y acompañamiento en la materialización de sus proyectos de inversión, y de postinversión, una vez instalados en el país.

    Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 165, de la ley Nº 20.848, InvestChile debe contribuir a crear un clima favorable para la inversión extranjera en Chile, coordinándose con otros organismos públicos, a fin de identificar eventuales obstáculos a la materialización de proyectos de inversión extranjera con el fin de avanzar en su superación.

  2. Que, el país ha experimentado una reformulación en su institucionalidad migratoria, a partir del año 2021, con la dictación de la ley Nº 21.325, sobre Extranjería y Migración, cuerpo normativo mediante el cual se creó el Servicio Nacional de Migraciones (Sermig), organismo público descentralizado al cual se le ha entregado la facultad de resolver, entre otras materias, el otorgamiento, prórroga, rechazo y revocación de los permisos de residencia y permanencia a extranjeros, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la autoridad migratoria en el exterior.

  3. Que, en efecto, el artículo 73 de la referida ley Nº 21.325, estableció -mediante un decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública- que se definirá la nómina y fijará los requisitos de las subcategorías de residencia temporal.

  4. Que, mediante el decreto Nº 177, de 2022, el Ministerio de Interior y Seguridad Pública aprobó el texto que regula las subcategorías migratorias de residencia temporal, entre las cuales se encuentra el permiso para inversionistas y personal relacionado, contenido en el artículo 62 del párrafo décimo cuarto.

    A continuación, el artículo 63 del precitado cuerpo normativo manifiesta que, el interesado que solicite este permiso, junto con requerirlo desde el extranjero. debe adjuntar en la plataforma dispuesta para esos efectos por el Sermig, una carta de patrocinio emitida por InvestChile, la cual se otorgará previa solicitud del interesado, quien debe acompañar a esta última un documento que pormenorice los detalles de la inversión, indicando al menos el objeto de la misma y el monto y la naturaleza de las funciones del beneficiario, según corresponda, "así como los demás antecedentes que determine la referida agencia, por medio de resolución. Dicha resolución deberá ser dictada en el plazo de 3 meses a contar de la publicación del presente decreto."

  5. Que, el singularizado decreto Nº 177, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, fue tomado de razón por la Contraloría General de la República el 13 de mayo de esta anualidad, y publicado en el Diario Oficial el día 14 del mismo mes y año, por lo que, para cumplir con el plazo de 3 meses dado al efecto en ese cuerpo normativo, corresponde fijar a la brevedad los antecedentes que debe acompañar el interesado a su solicitud de carta de patrocinio

  6. Que, frente a la necesidad de InvestChile de suministrar este antecedente al Sermig, para que dicho organismo pueda resolver...

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