Resolución núm. 1417 EXENTA, publicada el 28 de Abril de 2020. AMPLÍA PLAZO PARA LA RENOVACIÓN ANUAL DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS A LA TOTALIDAD DE LAS AA.FF.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
AMPLÍA PLAZO PARA LA RENOVACIÓN ANUAL DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS A LA TOTALIDAD DE LAS AA.FF.
Núm. 1.417 exenta.- Santiago, 27 de marzo de 2020.
Vistos:
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Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile.
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Lo establecido en el DFL 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Lo señalado en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Lo dispuesto en la ley N° 17.798, sobre "Control de Armas" y su Reglamento Complementario, contenido en el decreto supremo N° 83 de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional.
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La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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Decreto N° 104 de 18 de marzo de 2020, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública en el territorio de Chile.
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Lo propuesto por el Departamento de Control de Armas y Explosivos de esta Dirección General.
Considerando:
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Que, como es de público conocimiento, a partir del mes de diciembre de 2019, se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave que produce la enfermedad del coronavirus 2019, denominado Covid-19.
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Que, con fecha 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que el brote de Covid-19 constituye una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en nuestro país por el decreto N° 230 de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Que, mediante el decreto N° 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus. Dicho decreto modificado por el decreto N° 6 de 2020, del Ministerio de Salud.
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Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud concluyó que el Covid-19 puede considerarse como una pandemia.
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Que, en Chile hasta la fecha 746 personas han sido diagnosticadas con Covid-19, cifra que, de acuerdo a la experiencia...
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