Resolución núm. 136 EXENTA, publicada el 11 de Febrero de 2021. COMPLEMENTA RESOLUCIÓN Nº 1.138 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA LINEAMIENTOS TÉCNICO OPERATIVOS VACUNACIÓN SARS-COV-2 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 857467400

Resolución núm. 136 EXENTA, publicada el 11 de Febrero de 2021. COMPLEMENTA RESOLUCIÓN Nº 1.138 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA LINEAMIENTOS TÉCNICO OPERATIVOS VACUNACIÓN SARS-COV-2

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

COMPLEMENTA RESOLUCIÓN Nº 1.138 EXENTA, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA LINEAMIENTOS TÉCNICO OPERATIVOS VACUNACIÓN SARS-COV-2

Núm. 136 exenta.- Santiago, 10 de febrero de 2021.

Visto:

Estos antecedentes; lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el DFL Nº 725, de 1967, Código Sanitario; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el decreto exento Nº 6, de 2010, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública en el territorio de Chile, y sus prórrogas; en el decreto Nº 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud, que declara Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) prorrogado por el decreto Nº 1, de 2021, del mismo Ministerio; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que, al Ministerio de Salud y a los organismos que dependen de él les compete ejercer la función que corresponde al estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.

  2. Que, al Ministerio de Salud le corresponde formular, fijar y controlar las políticas de salud, en consecuencia, entre sus funciones está la de efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población. En el ejercicio de esta función, deberá mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.

  3. Que, a su vez, la Subsecretaría de Salud Pública, tiene a su cargo las materias relativas a la promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de enfermedades que afectan a poblaciones o grupos de personas.

  4. Que, a raíz del brote mundial del virus denominado Coronavirus 2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del Coronavirus 2019 o Covid-19, con fecha 5 de febrero de 2020, este Ministerio dictó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR