Resolución núm. 1349 EXENTA, publicada el 09 de Marzo de 2021. FIJA CALENDARIO DE ADMISIÓN ESCOLAR PARA LA POSTULACIÓN DEL AÑO 2021 Y ADMISIÓN DEL AÑO 2022 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 862090040

Resolución núm. 1349 EXENTA, publicada el 09 de Marzo de 2021. FIJA CALENDARIO DE ADMISIÓN ESCOLAR PARA LA POSTULACIÓN DEL AÑO 2021 Y ADMISIÓN DEL AÑO 2022

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

FIJA CALENDARIO DE ADMISIÓN ESCOLAR PARA LA POSTULACIÓN DEL AÑO 2021 Y ADMISIÓN DEL AÑO 2022

Núm. 1.349 exenta.- Santiago, 3 de marzo de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en la Ley N° 20.845, de Inclusión Escolar que Regula la Admisión de los y las Estudiantes, Elimina el Financiamiento Compartido y Prohíbe el Lucro en Establecimientos Educacionales que Reciben Aportes del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005; en los decretos con fuerza de ley N° 3, de 2015, N°s 1 y 4, de 2016, todos del Ministerio de Educación; en el decreto N° 315, de 2010, del Ministerio de Educación; en el decreto N° 152, de 2016, del Ministerio de Educación; en el Ord. N° 3, de 2021, del Coordinador Nacional de la Unidad de Inclusión y Admisión Escolar; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y;

Considerando:

Que, el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, entre sus artículos 7° bis a 7° septies, ambos inclusive, establece el proceso de admisión de los estudiantes que deben desarrollar los establecimientos educacionales que reciben subvención o aportes del Estado;

Que, según lo dispuesto en el inciso décimo Tercero del artículo 7° ter, del decreto con fuerza de ley N° 2, ya indicado, un reglamento del Ministerio de Educación establecerá el procedimiento de postulación y admisión de los estudiantes, así como la determinación de los cupos dentro del establecimiento educacional, considerando las debidas reservas para aquellos que pudieran...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR