Resolución núm. 1335 EXENTA, publicada el 09 de Diciembre de 2019. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE TEMUCO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 829081389

Resolución núm. 1335 EXENTA, publicada el 09 de Diciembre de 2019. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE TEMUCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE TEMUCO

Núm. 1.335 exenta.- Temuco, 11 de noviembre de 2019.

Vistos:

La ley N° 18.059; las resoluciones N° 39, de 1992 y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83, de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta N° 633, de fecha 22 de septiembre de 2006; el ordinario N° 1296, de fecha 24 de octubre de 2019, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Temuco; la resolución exenta N° 2.562, del Departamento Técnico y Oficina de Licitaciones del Serviu Araucanía; el ingreso N° 5.139, de la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Limitada, de fecha ingreso a esta Secretaría Regional Ministerial, el día 25 de octubre de 2019; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República y demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante ingreso N° 5.139, de fecha 25 de octubre de 2019, de la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Limitada, en el marco de la obra "Construcción Pavimentos Participativos 28° Proceso, Región de la Araucanía", solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados en ambas calzadas de calle Florencia, entre calles Venecia y Bérgamo, en la comuna de Temuco.

  2. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, dentro de sus facultades legales debe disponer todas las medidas de gestión de tránsito necesarias, con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significará la prohibición referida en el considerando anterior.

  3. Que, el ordinario N° 1.296, de fecha 24 de octubre de 2019, de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Temuco, aprueba el proyecto de señalización presentado el cual debe cumplir los requisitos señalados en el citado oficio.

  4. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, mediante la resolución exenta N° 633, de fecha 22 de septiembre de 2006, estableció la Red Vial Básica en la comuna de Temuco.

  5. Que, según pronunciamiento técnico de la División de Transporte Público Regional (TPR) de esta Secretaría Regional Ministerial, se deben...

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